Esteban Ibarra, presidente del Movimiento contra la Intolerancia y secretario general del Consejo de Víctimas de Delitos de Odio, analiza el por qué de estas agresiones a mujeres y concluye que pueden ser delitos de odio por misoginia.
A mi juicio, tiene razón. Estas agresiones pueden ser delitos de odio por misoginia.
En España, se
han recogido 23 casos por los Mossos, 15 la Ertzaintza, 47 la Policía Nacional
y 20 la Guardia Civil; son pinchazos en una u otra Comunidad
Autónoma, significativamente en festivales y fiestas como los San Fermines, en
ámbitos donde aumenta el grado de anonimato y por tanto de impunidad.
En Francia, hasta abril de este año, ya
había 300 denuncias. En Gran Bretaña dan la voz de alarma, y poco a poco se
conocen más casos con pocos detalles.
Aunque no se evidencia acción organizada, requieren investigar su transmisión, no pueden ser bulos.
En su muy amplia mayoría es descartada, por análisis toxicológico y circunstancial, la sumisión para robo o agresión sexual, y si estamos fuera del perímetro legal de lo que es violencia de género, estas agresiones con gran nivel de extensión, alcanzan a un centenar de denuncias en España, disponen de una serie de elementos indiciarios que apuntan a una infracción penal base de un delito de lesiones que podría ser afectado por la circunstancia agravante señalada en el 22.4 del Código Penal que lo mostraría como delito de odio por motivo de discriminación por sexo.
La redacción actual de esta
circunstancia agravante lo explicita así: «Cometer el delito por
motivos racistas, antisemitas, antigitanos u otra clase de discriminación
referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o
nación a la que pertenezca, su sexo, edad,
orientación o identidad sexual o de género, razones de género, de aporofobia o
de exclusión social, la enfermedad que padezca o su discapacidad, con independencia
de que tales condiciones o circunstancias concurran efectivamente en la persona
sobre la que recaiga la conducta».
Desde hace años, con Max Weber, sabemos que “en la acción está contenida toda la conducta humana en la medida en que el actor le asigna un sentido subjetivo”, siempre diferenciada de una acción instintiva que no es el caso, es decir que los individuos realizan acciones conscientes hacia objetivos elegidos, y como afirma la Teoría de la Acción, esas acciones de las personas se deben de analizar a partir de los alcances formales de la descripción de la propia acción, lo que contribuye a clarificar motivos, causas y fines de una acción.
Más allá del reto viral que ni se ha
demostrado, ni es relevante a efectos de considerar la naturaleza de la
acción, motivación y propósito de la conducta y sus consecuencias,
hay que ir a los hechos, a la acción en sí y lo que provoca en un amplio sector
de la población, en especial de las mujeres jóvenes.
LA AUSENCIA DE INDICIOS ES EL INDICIO DEL DELITO DE ODIO
Y cuando se buscan indicios sobre delitos de odio, hay
que significar que uno de estos es que no haya indicios palpables puesto que el
nivel de opacidad y clandestinidad de su acción, lleva aparejada la no
reivindicación dado que sería un suicidio penal; convendría indagar
especialmente en redes sociales como medio propagador de conducta.
La ausencia de indicios es el indicio en
la mayoría de las ocasiones de los delitos de odio. Hay que buscar, escudriñar
la prueba.
Nadie va reclamándose machista o racista y organiza un campeonato público para ver quién es el que pincha mas. De ahí la importancia de la precisión investigadora que, quizás tras la detección de algunos casos, podrá hacer inferencia y confirmar esta hipótesis.
Lo que no es, es un bulo femenino. Los
pinchazos existen porque nadie va por gusto a un centro de salud de urgencia o
a una comisaría a poner una denuncia y menos si estás de fiesta.
Tras el pinchazo se inocula inseguridad, se inocula miedo y vulnerabilidad, se inocula desprecio, subalternidad y opresión, en definitiva se daña la libertad y los derechos fundamentales, se atenta contra la dignidad humana, se extiende el daño y fractura la sociedad, o sea se comete un delito de odio
También habrá, como cuando hubo algún sector de la
doctrina que negaba la existencia de delitos de odio, quienes maticen que las
mujeres jóvenes en fiestas no es un sector “históricamente discriminado”.
Pues no hace falta serlo para sufrir un delito de
odio, solo el deber de proteger la dignidad y derechos universales cuando se
vulneran por la condición humana de una persona, solo esto es ó debería ser
suficiente.
Aunque la situación mejore en igualdad, sería
recomendable ir a un partido de futbol con mujeres linieres o arbitro y
escuchar cómo hay energúmenos que les chillan “a fregar”, les llaman
“pintamonas”, “zorras”, les amenazan, insultan, degradan, difaman y
agreden.
Y no solo en ese escenario.
Es una concepción arraigada de machismo que con una
vuelta de tuerca más, se llega al “pinchamiento”.
Estas conductas ilícitas seleccionan a mujeres
jóvenes, es la condición humana elegida como objeto de su intolerancia, sea por
irrespeto, desprecio o rechazo.
No pinchan a los porteros de discoteca, tampoco a un
grupo de varones, ni probablemente a mujeres acompañadas, incluso
había que ver en un análisis concreto de cada situación concreta de la mujer
que ha sido pinchada, si su elección, el “modus operandi” llevaba aparejado un
nivel de seguridad para que el agresor no pudiera ser descubierto. Esto queda
para la policía.
CONSECUENCIAS FÍSICAS Y
PSÍQUICAS
El caso objetivo es que procuran un daño, tiene
consecuencias físicas y psíquicas, individuales y grupales hacia todas las
mujeres en situación similar y en semejanza de contexto, sea discoteca,
fiestas, o cualquier escenario que los agresores quieran elegir.
A la víctima se la transmite que puede sufrir
reiteración y agravamiento, lo que genera miedo, y al
colectivo de mujeres jóvenes se les traslada el mensaje de que cualquiera de
ella puede sufrir agresión, lo que multiplica el alcance del impacto agresivo
además de generar temor colectivo y desconfianza hacia cualquier supuesto varón
sospechoso, lo que fractura socialmente la convivencia.
Todo muy grave.
No es la primera vez que se producen agresiones a
mujeres simplemente por su condición de mujer, o sea por odio misógino, por desprecio y
humillación, por considerar a la mujer subalterna, por rechazo a su proceso de
liberación de la opresión, por inferioridad…es decir por esta matriz machista
puesta en funcionamiento, sea por moda, viralidad o cualquier otro propósito
machista.
Es odio hacia la mujer, por eso las seleccionan a
ellas y no eligen a los que sirven las copas.
En consecuencia, se debe considerar que existe, además
de la violencia de género y la sumisión con fines sexuales o robo, esta otra
violencia machista, de raíz misógina que nos recuerdan terribles casos
conocidos por todos, desde la agresión inopinada a una mujer que cruzaba un
paso de cebra, “la caza de la pija” u otras, hasta la quema en un cajero de un
banco a una mujer dormía tras su puerta.
No es violencia “gratuita”. Es por su condición
humana. En todos estos crímenes residía un desprecio a la dignidad de la
víctima, al igual que sucede con los pinchazos y su alcance social.
La misoginia es la aversión u odio a la mujer, una
tendencia psicológica o ideológica que consiste en despreciar a la mujer y con
ella a todo lo considerado femenino. No hace falta pinchar a todas las mujeres
de una discoteca, con que se seleccionen alguna, el efecto del impacto
multiplicador alcanza a todas. La misoginia existe y ha de ser denunciada,
investigada y sancionada.
Puede que tras la identificación de los agresores, ellos o sus entornos promuevan banalización de los hechos, diciendo aquello de que “era un juego”, “era una apuesta”, “un reto”…, pero no, no es así. Tras el pinchazo se inocula inseguridad, se inocula miedo y vulnerabilidad, se inocula desprecio, subalternidad y opresión, en definitiva se daña la libertad y los derechos fundamentales, se atenta contra la dignidad humana, se extiende el daño y fractura la sociedad, o sea se comete un delito de odio.
https://confilegal.com/20220810-pinchazos-a-mujeres-misoginia-y-delitos-de-odio/
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