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martes, 29 de noviembre de 2022

Cero Discriminación. Episodio 11. Indicios de los Delitos de Odio. Octubre de 2022

Para identificar si ofensas, incidentes y delitos podrían estar motivados por odio son necesarios disponer de indicadores que apunten en este sentido, en el episodio de este mes hablamos de ellos. ‘Cero Discriminación’ es un programa realizado por Movimiento contra la Intolerancia a cargo del IRPF por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

Escuchar aquí

 

martes, 7 de septiembre de 2021

Esteban Ibarra tras una agresión homófoba en Madrid: "deben investigar el nivel de fanatismo de estas bandas"

Ocho encapuchados realizaron cortes en el labio a la víctima y le escribieron "maricón" en un glúteo. Los agresores vestían de negro y utilizaron una navaja; el chico está muy afectado

Si sus actividades perduran en el tiempo se trataría de una asociación ilícita

"Maricón de mierda","asqueroso","anticristo", son algunas de las palabras que la víctima recuerda. Estaba tirada en el suelo, en el portal de su casa, mientras ocho personas le agredían. Así figura en la denuncia que presentó en la comisaría de Policía Nacional del distrito Centro de Madrid. Adjunta un parte de lesiones de un centro hospitalario: cortes en el labio inferior y una herida en un glúteo, en la que se lee "maricón". Se lo hicieron con una navaja.

El chico de 20 años es español. No puede identificar a los autores porque llevaban la cara tapada e iban encapuchados. Estaba muy aturdido y aún se encuentra muy afectado. Todos vestían de negro. Ocurrió el domingo a las 17:20 horas en Malasaña, una zona muy concurrida a esa hora.

Esteban Ibarra es el presidente de la asociación Movimiento Contra la Intolerancia. "Todo hace pensar que se trató de una acción organizada y planificada. Posiblemente le estaban esperando. A mí me llama la atención la mención al anticristo. Me recuerda a las bandas neonazis de los 90, relacionadas con rituales satánicos", explica a NIUS este experto.

La Policía está revisando las cámaras de seguridad de la zona para localizar e identificar a los agresores. Se enfrentan a un delito de lesiones y posiblemente a un delito de odio si hubo homofobia, lo que sumaría otros tres años de cárcel a su condena.

"Los investigadores deben analizar la naturaleza y el origen de estas bandas. Pueden haber cometido un delito de odio, contemplado en el artículo 515.4 del Código Penal. Estos grupos pueden resultar muy peligrosos si no se los desmonta a tiempo. Los miembros suelen ser personas muy jóvenes. Si sus actividades perduran en el tiempo entonces se trataría de una asociación ilícita ", señala Ibarra, que durante décadas se ha personado como acusación particular en los procedimientos que han permitido ilegalizar algunos de los grupos ultras más peligrosos de España.

Los nazis y el anticristo.

"Los grupos neonazis tienen una línea de continuidad histórica, vida propia. Este es un movimiento muy singular. Sus miembros son muy radicales, algunos con unas corrientes exotéricas terribles y vínculos con las sectas. Henrich Himmler estaba a la cabeza. Las SS vestían de negro".

Cree que la Fiscalía debería analizar más estas corrientes y su forma de captación a través de las redes sociales en la actualidad. "Los tribunales no  suelen hacer distinción en estos delitos. Tienen que profundizar cuando preguntan a los acusados para obtener información de lo que está ocurriendo. No solo deben condenarles por estas agresiones. También hay que analizar si estas bandas tienen un cabecilla, sus conexiones en la red con otros grupos o su nivel de fanatismo, por ejemplo. Esto no es reconducible. Los investigadores tienen que indagar para determinar si hay asociación ilícita, un delito sancionado en el artículo 515.4 del Código Penal. Durante la pandemia han configurado un subsuelo que se está alimentando en Twitter o Facebook. Incluso tienen conexiones encriptadas para comunicarse entre ellos", señala.

Los agentes que trabajan contra estas bandas organizadas pueden constatar que muchos grupos radicales se están echando a las calles, con tres objetivos claros. Por un lado fomentan el racismo y xenofobia, con poca respuesta porque los inmigrantes no suelen denunciar. También con carácter ideológico. En zonas con más afluencia como el centro de las ciudades atacan a los homosexuales.

Ibarra no puede concretar las cifras: "No tenemos datos concretos sobre este aumento de la violencia porque los últimos que figuran en las estadísticas son de 2020 y estábamos encerrados. No podemos hacer una comparación. Preveemos que la salida a la calle va a suponer la reactivación de estos microgrupos. Además puede producirse un proceso de reagrupamiento, enfocado en el marco de los fondos ultras del futbol. Los grupos violentos funcionan en Internet con mucha intensidad. Lo estamos viendo también en Francia, Gran Bretaña, Italia, Alemania y países del centro de Europa."

Puedes leerlo aquí:

https://www.niusdiario.es/sociedad/sucesos/esteban-ibarra-movimiento-intolerancia-agresion-homofoba-madrid-maricon-investigar-nivel-fanatismo-bandas

martes, 6 de julio de 2021

Informe RAXEN nº 78 Protección Universal de la Víctima de Delito de Odio

                     


Esteban Ibarra. Movimiento contra la Intolerancia. Al final no hubo sensibilidad y sus señorías no escucharon las reivindicaciones del Consejo de Víctimas de Delitos de Odio y de otras organizaciones, como Movimiento contra la Intolerancia que desde 1995 viene reivindicando que se amplíe el reproche penal a los motivos de odio y discriminación referidas en el 22.4 del Código Penal y de otros delitos que atentan a las libertades y derechos fundamentales. Ni el Gobierno, en contradicción con la redacción del primer proyecto, ni el legislativo después, tras dirigirnos públicamente a los grupos parlamentarios, escucharon la petición de protección universal de la víctima. Una reivindicación que adquirió progresivamente más insistencia tras experiencias criminales, muy crueles, que llegaron a la comisión de asesinatos, y por el discurso de odio con la aparición y globalización absoluta de las redes sociales, en especial desde comienzos de la década inicial del actual siglo.

Desde el Código Penal de 1995 que señalaba este tipo de actos ilícitos por “motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias de la víctima, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo u orientación sexual, o la enfermedad o minusvalía que padezca”, hasta la redacción actual definida en la Disposición Adicional Sexta de la Ley de infancia y adolescencia frente a la Violencia, que regula los delitos de odio y que comprende los artículos 22.4, 314, 510, 511, 512 y 515.4 del CP, se ha transitado estos años incorporando a “cuenta gotas” nuevas características a proteger, tras años de reivindicación frente al odio, hostilidad, discriminación y violencia radicadas en la intolerancia al diferente.


lunes, 11 de enero de 2021

Si detectas un delito de odio escríbenos a denunciamci@gmail.com

Si detectas discurso de odio en redes sociales o cualquier otro hecho por cualquier forma de discriminacion o Intolerancia, no dudes en enviarlo a denunciamci@gmail.com

➡️ Ninguna agresión sin denuncia !!

miércoles, 30 de diciembre de 2020

La Fiscalía alemana pide cadena perpetua para el neonazi acusado de matar a un político

El neonazi alemán Stephan Ernst, acusado de matar en junio de 2019 al político de la CDU Walter Lübcke, se enfrenta a una pena de cadena perpetua por este crimen. Según la acusación, Ernst actuó por «odio racista» al ser Lübcke un político defensor de la acogida de refugiados.


La Fiscalía federal alemana ha pedido este martes cadena perpetua para el ultraderechista Stephan Ernst, de 47 años, autor confeso de la muerte en 2019 del político conservador Walter Lübcke, comprometido con la acogida de refugiados.

El fiscal Dieter Killmer ha solicitado que a dicha condena se le añada la cláusula de reclusión a perpetuidad, para que no pueda acceder a un régimen abierto o semiabierto –lo que a la práctica puede ocurrir tras los 15 años de prisión–, dada la gravedad del caso. La acusación imputa a Ernst haber actuado impulsado por una ideología «asesina y ultraderechista» y el «odio racista» hacia un político al que identificó como defensor de la política de asilo.

Junto al «atentado mortal político» contra Lübcke, la Fiscalía imputa al procesado el intento de matar, unos años antes, de un refugiado iraquí. Tras la petición de la fiscalía, se esperan ahora los alegatos de la defensa, presumiblemente a principios de enero, y que se dicte sentencia a finales de ese mes.

A lo largo del proceso, que se celebra en la Audiencia de Frankfurt, Ernst ha admitido ser el autor del tiro que mató a Lübcke, al que fue a buscar hasta su domicilio la noche del 1 de junio de ese año y mató al reconocerle en la terraza de su casa. El acusado ha pedido perdón a los familiares por unos hechos que calificó de «error incalificable» y que, según ha afirmado, cometió impulsado por «falsas ideologías».

Junto al presunto autor material del crimen se juzga por complicidad a un segundo procesado, Markus H., que presumiblemente le suministró el arma y para el que la fiscalía pide nueve años y ocho meses de prisión, por considerar que conocía y compartía sus intenciones.

Violencia neonazi

Lübcke era un político local que se había destacado por su defensa de la acogida de refugiados durante la crisis migratoria de 2015. Por entonces crecían las críticas entre las propias filas conservadoras a Merkel, por no haber cerrado las fronteras del país durante la crisis migratoria de 2015.

Su muerte activó las alertas del conjunto de la clase política ante el incremento de la violencia ultraderechista. Tanto desde la gran coalición de Merkel como desde la oposición se vio en el discurso xenófobo de la ultraderechista Alternativa para Alemania (AfD), tercera fuerza a escala nacional, un caldo de cultivo para la violencia neonazi.

La muerte de Lübcke, de la Unión Cristianodemócrata (CDU) sacudió en su momento tanto al bloque conservador de la canciller Angela Merkel como al resto de la clase política alemana.

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lunes, 28 de diciembre de 2020

Denuncian ante la Fiscalía pintadas antisemitas en el cementerio judío de Madrid

El Movimiento Contra la Intolerancia pide al Ministerio Público que lo investigue como un delito de odio y lo vinculan con la ola creciente en el resto de Europa contra la comunidad hebrea


“Judío asesino vamos a por tí”, “Juden bueno, juden muerto”, “Raus (fuera en alemán)”... estas son algunas de las pintadas que aparecieron este jueves en los muros que rodean el cementerio hebreo de Madrid. El Movimiento Contra la Intolerancia confirma a Vozpópuli que ya ha presentado una denuncia ante la Fiscalía para que investigue estos hechos.

El presidente de este colectivo, Esteban Ibarra, confirma a este periódico que horas después de las pintadas presentó una denuncia ante la Fiscalía de delitos de odio de Madrid. Pide que se busque a los autores a los que acusa de una posible infracción del artículo 510 del Código Penal. Castiga los delitos contra los derechos fundamentales con hasta cuatro años de prisión. 

Pero además, la denuncia insta a investigar si estos actos antisemitas podrían haber sido realizados por una organización neonazi clandestina “siguiendo la estela de las campañas que se están produciendo en otros lugares de Europa”.

La Federación de Comunidades Judías de España (FCJE), institución que representa oficialmente a los judíos españoles y la Comunidad Judía de Madrid (CJM) también han condenado "enérgicamente" las pintadas y urgen a las autoridades a "perseguir y condenar a los autores de las mismas".

Según los datos del Observatorio del Antisemitismo, entre los años 2017 y 2018 se registraron un total de siete ataques como este. Tuvieron lugar en puntos tan simbólicos como el Monumento contra el Holocausto de Oviedo, la sinagoga Mayor del Call en Barcelona o la sede la comunidad judía de Madrid. 

El cementerio hebreo

En Madrid hay dos cementerios judíos principales. Uno está junto al cementerio civil de la Almudena donde descansan, entre otros, los restos mortales del fundador del PSOE, Pablo Iglesias. En el camposanto hebreo no hay cruces, sino estrellas de David. 

Entre las lápidas apenas hay flores y se mezclan apellidos como Cohen, Sánchez, Levi o Rosengart. La comunidad adquirió hace años un terreno en la localidad de Hoyo de Manzanares donde hay otro cementerio. Actualmente, cerca de 45.000 personas forman la comunidad hebrea en España (hace 50 años eran 8.000, según el libro Madrid y sus judíos, de Juan Antonio Cabezas).

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sábado, 13 de junio de 2020

Condenan a 21 años a ultra que atentó contra mezquita en Oslo

La justicia del país escandinavo determinó que Philip Manshaus, joven ultraderechista declarado culpable de haber matado a su hermanastra y de haber atacado a una mezquita, fue condenado a 21 años de prisión.
Norwegen | Prozess Philip Manshaus (Getty Images/AFP/NTB Scanpix/O. Berg-Rusten)
El noruego Philip Manshaus, que deberá al menos 21 años tras las rejas.

Un tribunal noruego condenó este jueves (11.06.2020) a 21 años de prisión prorrogables al joven ultraderechista Philip Manshaus por el homicidio de su hermanastra de origen asiático y el atentado frustrado contra una mezquita de Oslo, ocurrido hace casi un año.
Manshaus, de 22 años y que deberá asumir además las costas del juicio y varias indemnizaciones por daños, fue condenado a la pena máxima, con una duración mínima de 14 años, tal como reclamaba el fiscal, en una sentencia unánime del juzgado de Asker y Bærum.
La defensa pedía la absolución al plantear dudas de que Manshaus fuese responsable de sus actos. El joven ultra había admitido los hechos aunque sostenía que actuó en defensa de la "raza blanca" durante un juicio en el que lamentó no haber matado a más gente.
Manshaus mató el pasado 10 de agosto de varios disparos en la cabeza con un rifle a su hermanastra, con la que compartía un piso en Bærum (a las afueras de Oslo).
De su casa se dirigió luego armado en coche al cercano centro islámico Al Noor, en cuyo interior disparó varias veces sin herir a nadie, hasta que dos ancianos que se encontraban en la mezquita lograron reducirlo y lo retuvieron hasta que llegó la policía.
El ultra llevaba una cámara en el casco con la que grabó el ataque, a imitación del autor de los atentados contra dos mezquitas en Christchurch (Nueva Zelanda) -en los que murieron 49 personas- y a quien elogió expresamente en las redes sociales, al igual que a otros líderes supremacistas.
Se trata del segundo atentado ultraderechista que sufre Noruega en la última década, después del perpetrado en 2011 por Anders Behring Breivik, condenado también en su día a la pena de 21 años prorrogables de forma indefinida.
Breivik hizo estallar primero una furgoneta bomba que mató a ocho personas en el complejo gubernamental de Oslo y se trasladó luego a la isla de Utøya, al oeste de la capital, donde perpetró una matanza en el campamento de las Juventudes Laboristas, en la que murieron 69 personas.
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miércoles, 10 de junio de 2020

El Gobierno reformará el Código Penal para incluir el edadismo como delito de odio


La discriminación por razón de edad y la aporofobia serán considerados como agravantes

El Gobierno aprobó este martes 9 de junio en el Consejo de Ministros el proyecto de Ley orgánica de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia. La norma, que aumentará el plazo de prescripción del delito de abuso sexual a menores, lleva aparejada también una nueva regulación a los delitos de odio, incorporando la edad como causa de discriminación, tanto sobre los niños, niñas y adolescentes, como sobre las personas mayores, e incluyendo la aporofobia –fobia a las personas pobres o desfavorecidas– y la exclusión social dentro de estos tipos penales.
La norma fue bautizada en rueda de prensa por el vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias, como Ley Rhodespor el pianista británico del mismo apellido, James Rhodes, que sufrió abusos sexuales cuando era un niño y que lleva años luchando por su aprobación. Esta nueva normativa, que consta de 58 artículos y que ahora será remitida al Congreso para que que inicie su tramitación parlamentaria, incluye una reforma del Código Penal para establecer una nueva regulación a los delitos de odio en la que se incluye el edadismo, es decir, la discriminación por razón de edad, como agravante en este tipo penal.

Pablo Iglesias, María Jesús Montero y Salvador Illa
Pablo Iglesias, María Jesús Montero y Salvador Illa en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de este 9 de junio.

Se modifica, por tanto, el artículo 22, que especifica las circunstancias agravantes a la hora de establecer las penas de prisión y las multas. Hasta ahora, en la redacción de ese artículo se recoge como agravante: "cometer el delito por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, orientación o identidad sexual, razones de género, la enfermedad que padezca o su discapacidad". La intención del Gobierno es que pase también a estar incluida la discriminación por razón de edad, la aporofobia y la exclusión social. De la misma forma, también habrá que modificar, entre otros, el artículo 510, que establece las penas de prisión.
Este cambio en el Código Penal, que ha obligado a que el Ministerio de Justicia, además de los de Interior y Educación, también intervengan en la redacción de la normativa, va en la línea de lo que ya recogía la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2007, que, en el artículo 21.1, señala que "se prohíbe toda discriminación, y en particular la ejercida por razón de sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual".

El Gobierno reformará el Código Penal para incluir el edadimo como delito de odio
Cartel con el que Unidas Podemos anuncia en redes sociales esta nueva regulación

Una discriminación "más común que el racismo o el machismo"

La Organización Mundial de la Salud ya lleva tiempo alertando de que este tipo de discriminación por razón de edad es, hoy en día, "más común que el racismo o el sexismo", con la principal diferencia de que se acepta socialmente y no se cuestiona en la mayoría de los casos. "Todo ello debido a su naturaleza, en gran parte implícita y subconsciente", apuntan las investigadoras Alana Officer y Vânia de la Fuente-Núñez, encargadas de la Campaña Global para Combatir el Edadismo de la organización internacional. Un contacto limitado entre diferentes generaciones y los cambios de rol de las personas mayores en la sociedad actual, explican a 65Ymás, pueden ser dos de las principales causas de este fenómeno.
Precisamente, ambas piden a los países combatir con leyes, además de con políticas y educación, el edadismo, que defninen de la siguiente forma: "Incluye tres dimensiones: estereotipos, prejuicios y discriminación hacia las personas en base a su edad. Básicamente el edaísmo afecta nuestros pensamientos, sentimientos y acciones hacia las personas en base a su edad cronológica o la percepción de que son demasiado jóvenes o demasiado mayores para ser o hacer algo. Aunque el edadismo puede afectar a personas de cualquier edad, las personas mayores suelen ser las más afectadas".
Desde la Unión Democrática de Pensionistas y Jubilados de España (@MayoresUDP), su presidenta Paca Tricio (@paca_tricio) destaca que ellos llevan años tratando de visibilizar la discriminación por edad o edadismo y que se debería "meter en el mismo paraguas que las actitudes machistas". Asegura que todas las medidas que dignifiquen a las personas y sus derechos son positivas, pero critica el uso que se está haciendo de la infancia. "No hay niños pobres, sino familias pobres, lo que pasa es que vende más esas imagen de compasión de un niño que la de una persona mayor", sostiene.
"Lo primero es garantizar que todas las personas tengan lo básico para tener una vida digna, y eso incluye que tenga recursos, pero también que se respeten sus derechos", señala a 65Ymás, mientras recuerda que la próxima semana se celebra el Día Internacional contra el maltrato a los mayores, una realidad que sufren a diario miles de personas, pero que está invisibilizada. "El problema es que las personas mayores no denuncian. Es muy difícil encontrar a un mayor que lleve estos temas al juzgado, sobre todo si se dan dentro del seno familiar", apunta.
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sábado, 23 de mayo de 2020

El Supremo confirma la prisión permanente revisable para el asesino y violador de la pequeña Sara

Y LA CONDENA DE CASI 13 AÑOS DE CÁRCEL PARA LA MADRE DE LA NIÑA
El asesino de la pequeña Sara se tapa la cara para evitar ser reconocido; a la derecha, la madre, que consintió. Foto: El Norte.

El Tribunal Supremo
 ha confirmado la pena de prisión permanente revisable impuesta a Roberto Hernández Hernáiz por la agresión sexual y asesinato de una niña de 4 años de Valladolid, la pequeña Sara, hija de una mujer con la que había comenzado una relación sentimental.
Además de prisión permanente revisable, la condena incluye otras penas que suman 22 años de prisión por cuatro delitos de maltrato a persona especialmente vulnerable, un delito de maltrato habitual y un delito de agresión sexual a menor de 16 años. En todos los delitos concurre la circunstancia agravante de odio por el origen rumano de la niña.
El padre es rumano.
Hernández era simpatizante del grupo neonazi Juventud Nacional Revolucionaria y se dirigía a la niña con el término despectivo de “rumanilla”.
El Supremo también ha confirmado la pena impuesta a la madre de la víctima, Davinia Muñoz García, expareja de Hernández, condenada a 10 años de prisión por el delito de asesinato en la modalidad de comisión por omisión con la concurrencia de las atenuantes analógicas de obcecación y confesión, y a 2 años y 11 meses de cárcel por varios delitos de maltrato.
En concepto de responsabilidad civil ambos condenados tendrán que indemnizar de manera conjunta al padre de la niña con 85.000 euros, y a su hermana, que tenía 12 años cuando ocurrieron los hechos, con 70.000 euros.
La Sala de lo Penal del Supremo ha desestimado los recursos de casación que cada uno de ellos presentó contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) del pasado noviembre que resuelve los recursos de apelación de ambos contra la resolución del tribunal del jurado de la Audiencia Provincial de Valladolid (Sección Segunda), dictada en junio de esede mismo año.
Esta sentencia, número 180/2020, es firme.
Está fechada a 19 de mayo y se ha conocido hoy.
La firman los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Susana Polo García, Carmen Lamela Díaz,  Eduardo de Porres Ortiz de Urbina, y Andrés Palomo Del Arco, que ha sido el ponente.
La pequeña Sara falleció el 3 de agosto de 2017 tras recibir una brutal paliza y ser violada.
El TSJCyL confirmó la pena de prisión permanente revisable a Roberto Hernández por el asesinato de la pequeña Sara y rebajó 15 años la condena de la madre biológica de la niña que quedó fijada en casi 13 años de cárcel.
El TSJCyL también estimó el recurso de apelación de la Fiscalía y añadió a la condena de la madre la pena de privación de la patria potestad respecto de la otra hija menor.
La expareja de la madre de la niña está en prisión provisional desde agosto de 2017.
El juicio del caso se celebró entre abril y mayo de 2019.
El origen del trágico desenlace de la pequeña Sara se remonta a la relación de noviazgo que su madre Davinia inició a mediados de mayo de 2017, cuando seguía conviviendo en el domicilio familiar con su pareja y padre biológico de la niña.
El 11 de julio de 2017, la madre de Sara, una militar destinada en el Palacio Real de Valladolid, decidió llevar a la pequeña al Servicio de Pediatría del Hospital Campo Grande para ser atendida de un fuerte hematoma en los labios y allí los facultativos, alertados por la cantidad de lesiones hallados en todo el cuerpo de la niña, activaron el protocolo de malos tratos.
«Tenía el culete, literalmente, cosido a hematomas», dijo gráficamente en el juicio una médico que la atendió.
Sin embargo, los Servicios Sociales de la Junta no recibieron el encargo de Fiscalía de iniciar una investigación, por correo ordinario, hasta el día 25 del mismo mes, casi quince días después.
El 2 de agosto, las técnicos de los Servicios Sociales llamaron a Davinia Muñoz por teléfono para comunicarle que se hacían cargo de la tutela de la pequeña.
Entonces, la madre les informó que su hija yacía entubada, en muerte cerebral, en la UCI pediátrica del Clínico Universitario.
Falleció al día siguiente a causa de un traumatismo craneoencefálico.
Según los forenses, fruto de un mecanismo de zarandeo contra una superficie roma o bien al recibir en la cabeza el golpe de un objeto contundente, lo que provocó un fuerte edema cerebral.
Los forenses explicaron en el juicio que la pequeña presentaba el síndrome del niño apaleado, más un abuso sexual, en referencia a la infinidad de hematomas, erosiones y equimosis en todo el cuerpo, desde la cabeza hasta las uñas de los pies.
Roberto Hernández había recurrido la sentencia alegando 6 motivos.
Alegó infracción de precepto constitucional por vulneración del derecho fundamental a un proceso con todas garantías y a un juez imparcial; infracción por vulneración del derecho a la presunción de inocencia; infracción por vulneración de derechos fundamentales; e infracción de Ley por indebida aplicación del artículo 66 del Código Penal.
Davinia Muñoz recurrió alegando 8 motivos: por infracción de ley, por indebida aplicación del juicio de inferencia; por infracción relativo a vulneración del derecho a la presunción de inocencia; por infracción de ley varios del Código Penal; por infracción de ley por falta de razonamiento suficiente para no imponer la pena mínima en la aplicación de los artículos 68 y 66; y por infracción de ley relativo a la indebida pérdida de la patria potestad sobre la hija mayor.
La representación procesal de la Asociación Clara Campoamor impugnó la admisión de los recursos formulados por los condenados; mientras que la Fiscalía interesó la inadmisión a trámite de los recursos interpuestos, y subsidiariamente la desestimación de todos los motivos del recurso.
Respecto a lo alegado por la madre de la pequeña sobre indebida aplicación de los artículos 46 y 55 del Código Penal, relativo a la indebida pérdida de la patria potestad sobre la hija mayor, el tribunal expone que con la reforma del artículo 55 “el Código Penal se remite a la totalidad de la regulación civil sobre la privación de la patria potestad, incluso a su naturaleza protectora en cuanto su aplicación deriva de la naturaleza de protección al menor de edad”.
“Por tanto, debe primar en su imposición, no la voluntad de sancionar al progenitor, sino la apreciación de un daño o de un riesgo probable del mismo para el desarrollo del menor de tal entidad que exija que se adopte esta medida”, indica.
Además, señala que en desarrollo de ese precepto, esta Sala ha dictado las varias sentencias que siguen el criterio protector expuesto frente al meramente sancionador y que consecuentemente esas resoluciones expresan que “la norma no establece ni exige que los delitos cometidos hubiesen recaído sobre el menor o persona con discapacidad, de cuya patria potestad se prive, sino que el comportamiento delictivo objeto de condena tenga relación directa, con el ejercicio de la patria potestad, y los deberes que implica; al margen de cuál haya sido el comportamiento previo del condenado con el menor o el discapaz”.
Los magistrados hacen hincapié en que es la protección del bien superior del menor la finalidad que debe prevalecer para determinar la aplicación de esta inhabilitación especial.
Indican que en autos “es precisamente el quebranto de los deberes de patria potestad, los que determinan la condena de la recurrente; de ahí la adecuación de la imposición de la privación de potestad en relación con la menor que no resultó victima de delito alguno, en tanto el riesgo que conlleva un ejercicio tal de la responsabilidad parental”.
Y añaden: “tanto más, si como razona la sentencia de apelación, también medió en la comisión delictiva, una desprotección para esta menor, que “consistió en permitir que, una vez que tuvo conocimiento por primera vez de que su compañero sentimental, que accedía libremente y vivía en el mismo domicilio que las menores, había causado los malos tratos a una de ellas, dicha convivencia y contacto con las menores continuasen, dejando incluso a dichas menores a su cuidado exclusivo en sus períodos de ausencia debidos a motivos laborales”.
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lunes, 11 de mayo de 2020

Le investigan por mandar mensajes a su vecina, doctora del SUMMA 112, para que abandone su urbanización en El Espinar

El acusado de un presunto delito contra el honor se quejaba de que la sanitaria, que tiene su segunda residencia en el municipio, «se pasa el día liada con el jardín»

Mensaje dirigido a la doctora. /El Norte
Mensaje dirigido a la doctora. / EL NORTE
La Guardia Civil investiga, por un presunto delito contra el honor, a una persona que invitaba a una vecina de su urbanización a abandonar su domicilio por trabajar como personal sanitario. El pasado 29 de abril, la Guardia Civil recibió una denuncia telemática en su web, en la que una vecina de la localidad de El Espinar informaba de que estaba recibiendo numerosos comentarios a través de una red social en los cuales le pedían que abandonase su vivienda por formar parte del personal sanitario del SUMMA 112; además era acusada de no respetar el confinamiento.

La Guardia Civil de Segovia inició una investigación con el fin de esclarecer los hechos e identificar al autor. Tras las investigaciones realizadas por los agentes, se pudo comprobar que se trataba de un vecino de su urbanización, quien había publicado, en un grupo con más de 1.700 miembros de una conocida red social, un comentario en el que le pedía a la denunciante que abandonase su domicilio y se fuera a otro lugar a vivir para no contagiar de coronavirus a los niños y vecinos de la comunidad, ya que trabajaba como doctora en el SUMMA 112.

Así se investiga a esta persona como supuesta autora de un delito contra el honor. Las diligencias instruidas, han sido puestas a disposición del Juzgado de guardia de Segovia.

En el marco del Estado de Alarma, decretado por el Real Decreto 463/2020, la Guardia Civil continúa velando porque se cumplan las restricciones, sin desatender la seguridad ciudadana.

La Guardia Civil recomienda a la ciudadanía la descarga de la 'app' Alertcops, para ponerse en contacto en caso de emergencia con los Centros Operativos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. La app permite recibir en el móvil mensajes de aviso, cuando el mismo se encuentre en una zona afectada por incidencias.

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sábado, 2 de mayo de 2020

Detenido el policía local de Benidorm que insultó a una persona transexual

Un vídeo subido a las redes muestra al agente profiriendo frases como "de día eres todavía más feo, eres horrible", ¿qué hacéis ahora que no podéis jalar pollas ni robar?" mientras otro graba


Detenido el policía local de Benidorm que insultó a una persona transexual
El policía local de Benidorm que aparecía insultando en un vídeo a una persona transexual ha sido detenido esta tarde por un delito de odio tras haber sido citado en Comisaría, según ha confirmado este diario en fuentes cercanas al caso. Los dos agentes que aparecían en la grabación han ido a declarar esta tarde ante la Policía Nacional, comparencia tras la que ha sido arrestado el agente que hacía los comentarios despectivos. El funcionario pasará la noche en los calabozos pero su abogado ha pedido un habeas corpus para su puesta a disposición inmediata ante el juzgado de guardia, petición que está pendiente de ser contestada.

El vídeo subido a las redes sociales muestra al citado policía local de Benidorm profiriendo insultos a una persona transexual que se encontraba en la calle, algo que ha causado multitud de reacciones de repulsa, entre ellas la del diputado por CompromísJoan Baldovi así como la de su partido que pidió hoy datos para poder identificar al agente y "poder denunciarlo a Fiscalía" por un delito de odio.

En el vídeo, al parecer subido por el compañero, se puede ver al agente profiriendo frases como "de día eres todavía más feo, eres horrible", ¿qué hacéis ahora que no podéis jalar pollas ni robar?" y termina con un "¡Que te vayas, cerdo!", cuando el compañero exige que deberían denunciarle por saltarse el confinamiento.




El Observatorio Valenciano Contra la LGTBIFobia ha condenado este ataque tránsfobo realizado por un oficial de la Policía Local de Benidorm, quien increpa y realiza comentarios denigrantes contra una persona transexual que está en la calle, al parecer, ejerciendo la prostitución. Según puede escucharse y verse en el vídeo grabado por el compañero de patrulla, el policía le recrimina el incumplimiento de las medidas de confinamiento del estado de alarma de muy malas formas con insultos y expresiones denigrantes hacia su persona.

Este ataque, constitutivo de un presunto delito de odio, ya ha sido puesto en conocimiento de la Fiscalía para que "abra cuantas diligencias sean necesarias para que ambos agentes sean identificados y cesados de manera inminente en su puesto de trabajo como policías, así como que sean condenados por un delito de odio".

Por el momento la jefatura de Policía Local de Benidorm les ha abierto un expediente disciplinario a ambos policías, tanto al que realiza los comentarios ofensivos como al que graba el vídeo, según ha podido saber este periódico.

Desde el Observatorio Valenciano Contra la LGTBIFobia advierten que desde que comenzó el confinamiento han observado las agresiones LGTBFóbicas han aumentado en los entornos familiares, "pero lo que no nos podríamos imaginar es que las Fuerzas de Seguridad del Estado, con mando único y centralizado en este momento en el ministerio del Interior, garantes de la seguridad ciudadana durante este periodo tan excepcional, iban a ser las que perpetuaran el discurso del odio".

La reacción del Ayuntamiento

El Ayuntamiento de Benidorm ha emitido un comunicado oficial en el que afirma que "nada más tenerse conocimiento de las imágenes que a lo largo de la tarde han circulado por redes sociales", el propio Consistorio, en coordinación con la Jefatura de la Policía Local, al considerar que los hechos "puedan ser constitutivos de infracción penal", va a dar cuenta a la autoridad judicial para el esclarecimiento de los mismos y la depuración de posibles responsabilidades.

De igual forma y al mismo tiempo, prosigue el comunicado, se ha abierto por parte del Ayuntamiento un expediente disciplinario a los agentes implicados y se ordena la suspensión provisional de sus funciones.

El Ayuntamiento muestra su rechazo a estos hechos, así como al contenido "lamentable e indignante" de las declaraciones recogidas en el vídeo, unas manifestaciones, apunta, "que constituyen un hecho absolutamente aislado y sin precedentes en nuestra ciudad".

"Benidorm siempre se ha destacado por su apertura social y por ser modelo avanzado de convivencia; y actuaciones como ésta dañan al conjunto de la sociedad y a la profesionalidad del Cuerpo", concluye la nota.

El grupo municipal socialista (en la oposición) ha exigido al alcalde, al concejal de Seguridad Ciudadana y al comisario jefe de la Policía Local que investiguen el vídeo y que actúen "con total rotundidad y ejemplaridad ante un posible delito de odio y de vulneración de derechos fundamentales".

El PSPV-PSOE ha calificado el vídeo de "intolerable y vergonzoso" máxime por estar protagonizado por agentes "que deben velar para impedir que se produzcan delitos de odio como los que se observan en el vídeo".

El comunicado del grupo socialista concluye señalando que dichas actitudes deben ser "consecuentemente castigadas" y advierten de que "no permitiremos titubeos".

Una investigación interna

La Conselleria de Justicia de la Generalitat Valenciana ha abierto un procedimiento de investigación interna para averiguar quiénes son los autores de los insultos y trasladará a la Fiscalía los hechos cuando se compruebe que han existido comportamientos vejatorios.

La Delegación del Gobierno en la Comunitat Valenciana también ha dado órdenes para que se investiguen los hechos y se determine la instrucción de diligencias por la existencia de un posible delito que determinará la autoridad judicial.

La consellera Gabriela Bravo ha ordenado a la policía adscrita que inicie una investigación que esclarezca el presunto trato vejatorio en el vídeo en que se ve a dos policías en el interior de una patrulla parados junto a una transexual, y el conductor graba a su compañero que dice a esta persona: "De día eres todavía más feo, eres horrible. ¿Qué hacéis ahora que no podéis jalar pollas ni robar? ¿Cómo vives?, si antes jalarías pocas pollas, con lo feo que eres, ¿ahora qué haces?".

Este agente añade: "te dije el otro día que no podías estar por aquí y no te denuncié", mientras su compañero que está grabando la escena dice: "no, no, hay que denuciarle". "Que te vayas cerdo", espeta el policía local antes de detener la grabación.

La Conselleria ha anunciado que, en el caso de que se compruebe que han existido comportamientos vejatorios hacia un ciudadano, pondrá en conocimiento de la Fiscalía los hechos para que se actúe en consecuencia con todas las herramientas que permita la ley.

Según indica este departamento de la Generalitat, los hechos, denunciados a través de un vídeo en una cuenta de Twitter, muestran a una pareja de agentes en servicio y en su vehículo oficial refiriéndose a este ciudadano con términos y calificaciones " impropias no sólo de un agente de seguridad, sino de cualquier ser humano".

Bravo ha manifestado en un comunicado que es "inadmisible, intolerable y un atentado contra la dignidad de cualquier ser humano" lo que se escucha en dicho vídeo y asegura que desde su departamento " no se va a permitir este tipo de vocabulario indecente y ofensivo, y menos aún de un agente de la ley".

La respuesta y las actuaciones de los agentes de la autoridad, fuerzas y cuerpos de seguridad, como es el caso de la Policía Local, "tienen que estar sometidos siempre a los principios de proporcionalidad, oportunidad y congruencia", recuerda Bravo

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