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viernes, 26 de mayo de 2023

Participación VII Congreso de Asociaciones Mexicanas en Europa

Agradecemos a la Asociación de Mexicanos en Castilla y León su invitación para participar en el VII Congreso de Asociaciones Mexicanas en Europa, con representantes de España, Alemania, Francia, Italia, Bélgica o Países Bajos que se celebra en Valladolid en la Casa José Zorrilla del 26 al 28 de mayo.

Participaremos con distintas entidades sociales para abordar las situaciones de de delitos de odio, discriminación y atención a las víctimas.



Más información: AQUÍ

jueves, 27 de abril de 2023

Mesa de Intervención sobre las atención a las víctimas de Delitos de Odio y Discriminación en el Ayuntamiento de Medina de Rioseco

 Agradecemos a Progestión su invitación a participar en la jornada del 25 de abril: "Modelos de acogida desde la autonomía y la inclusión: Retos y Oportunidades" en el salón de actos del Ayuntamiento de Medina de Rioseco.

Participando en la Mesa de Intervención sobre las atención a las víctimas de Delitos de Odio y Discriminación.





martes, 1 de marzo de 2022

1 de MARZO - Día de la Cero Discriminación

 



Más información en EducaTolerancia

Aunque este Día para la Cero Discriminación nació originariamente contra exclusión de los pacientes con VIH, las reivindicaciones de esta jornada son extensivas.

La discriminación hace referencia a cualquier acto o comportamiento que tiene por objeto o resultado la violación de los derechos humanos fundamentales que todas las personas disfrutan en pie de igualdad. La discriminación afecta a personas en todos los ámbitos, y son muchas las personas que en el mundo enfrentan un trato desigual, debido a su color, a su etnia, a su edad, a su religión,  a su aspecto físico, a su ideología, nacionalidad, orientación o identidad sexual, a su género, su pobreza o  su discapacidad entre otras.
El derecho a la no discriminación implica que todas las personas reciban un trato digno: que se respete su dignidad humana, autonomía, privacidad y confidencialidad, y que se les garantice la ausencia de coacción y abuso en igualdad de condiciones.

#MovimientocontralaIntolerancia #StopRacismo #Diversidad #Tolerancia #SomosDiferentesSomosIguales

lunes, 11 de enero de 2021

Si detectas un delito de odio escríbenos a denunciamci@gmail.com

Si detectas discurso de odio en redes sociales o cualquier otro hecho por cualquier forma de discriminacion o Intolerancia, no dudes en enviarlo a denunciamci@gmail.com

➡️ Ninguna agresión sin denuncia !!

domingo, 27 de diciembre de 2020

Multas de hasta 40.000 euros por exhibir simbología nazi

 La nueva ley catalana sobre la igualdad de trato aprobada por el Parlament se pone en marcha en enero.

Castiga la exhibición de mensajes y pancartas degradantes para determinados colectivos protegidos por la ley.

A partir del próximo enero en Catalunya podrán multarse hasta con 500.000 euros los actos más graves de discriminación que hasta ahora no se catalogaban como delito penal. Así lo establece la ley de igualdad de trato aprobada en el Parlament el pasado 18 de diciembre. Entre las conductas que se castigarán figura el trato vejatorio y degradante por motivos de raza, religión, ideología o procedencia, entre otros, y la exhibición en la calle de mensajes, pancartas y símbolos “discriminatorios”, además de la convocatoria de manifestaciones o actos políticos con ese contenido. La exhibición de símbolos nazis se podrán perseguir en la medida que pueda ser el origen de una discriminación, según las fuentes consultadas. La sanción puede llegar a los 40.000 euros.

Fuente y más información en educatolerancia.com 

lunes, 14 de diciembre de 2020

Movimiento contra la Intolerancia denuncia ante el Defensor del Pueblo que el Proyecto de Ley de infancia ‘discrimina’ a víctimas de delitos de odio

 AFIRMA QUE LA NUEVA REDACCION QUE CONTEMPLA DEL ARTÍCULO 22.4 DEL CÓDIGO PENAL EXCLUYE LA PROTECCIÓN DE TODAS LAS VÍCTIMAS

Señala que la nueva redacción de los motivos de discriminación es "excluyente, contraria a la Constitución y a los Tratados Internacionales de Derechos Humanos que requieren universalidad"; en la imagen Esteban Ibarra, presidente de esta asociación de derechos humanos, fundada en 1991

Movimiento contra la Intolerancia (MCI) ha denunciado ante el Defensor del Pueblo que la nueva redacción del Proyecto de ‘Ley de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia’ «discrimina a víctimas de delitos de odio».

Hoy ha presentado una queja, a la que ha tenido acceso Confilegal.

Según expone el presidente de esta asociación de derechos humanos, Esteban Ibarra, al Defensor del Pueblo en funciones, Francisco Fernández Marugán, “la nueva redacción de la circunstancia agravante 22.4 del Código Penal, que, a su vez, se traslada a otros tipos penales que afectan a los delitos de odio” suprime la cláusula general antidiscriminatoria que había incorporado el anterior Gobierno socialista el 28 de diciembre de 2018 en su anterior proyecto, adecuándose al mandato constitucional, en especial la universalidad de los artículos 10 y 14 de la Constitución española, y a los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.

Según explica Ibarra, el nuevo proyecto de Ley, que conlleva la nueva regulación de los delitos de odio en los artículos 22.4, 314, 510, 511, 512 y 515.4, al eliminar como cláusula general cualquier otro motivo de discriminación, produce un efecto de exclusión y discriminación hacia el resto de víctimas que sufren delitos de odio.

Denuncia que es «un grave error», porque «comete una discriminación hacia todas las personas que no están incluidas en la citada redacción, como son aquellas vinculadas a factores o circunstancias por las que sufren discriminación, sea por origen territorial, social, por idioma o lengua, opinión, color, aspecto físico, profesión, identidad cultural o deportivapor características genéticas, por estilo de vida o por las infinitas manifestaciones de la condición humana».

Así las cosas, Esteban Ibarra subraya que esta nueva redacción «no contempla a amplios sectores de personas vulnerables a esta victimización».

Recuerda que ha venido denunciando públicamente desde la aprobación el pasado mes de junio de este Proyecto de Ley, que estamos ante una “situación discriminatoria que vulnera los derechos humanos y la igualdad ante la ley»

Según ha informado Movimiento contra la Intolerancia, el anterior anteproyecto «ya modificaba el Código Penal para incluir la edad, razones de aporofobia o exclusión social, como en el nuevo, pero además incorporaba esa cláusula general que permitía sancionar cualquier otro motivo basado en un prejuicio discriminatorio”.

«En los últimos años, las ONG que luchamos contra los delitos de odio hemos señalado los déficits de la redacción vigente que arranca del Código de 1995, logrando que se subsanara en el anteproyecto anterior, y entendemos que no hay motivo alguno para la supresión de esta cláusula», explica Ibarra a Confilegal.

Cita varios casos en los que «no se pudo aplicar la circunstancia agravante», como el del asesinato de Aitor Zabaleta, el crimen del roll, el de un joven punki en Costa Polvoranca o numerosas agresiones, a veces mortales, que no están explícitas en el “Numerus Clausus” actual -factores explícitos, el Código Penal recoge 13- , ni en la nueva redacción, por lo que «quedarían sin la igual protección de carácter universal que debe de procurar la legislación penal».

También denuncia que la nueva redacción «contraviene» la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que establecen que todas las personas somos iguales ante la ley y tenenos, sin distinción, derecho a igual protección.

Señala que «esta es la línea que ha seguido el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en materia de discurso y delitos de odio».

Asimismo, afirma que esta nueva redacción del proyecto de Ley «incumple las recomendaciones de la OSCE y del Consejo de Europa», y que «es contradictoria al Código Penal Militar español que sí dispone de una cláusula general antidiscriminatoria en los artículos 48 y 50, donde se sancionan “los actos que supongan grave discriminación por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, orientación sexual, religión, convicciones, opinión, discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

Por último, también destaca que en la nueva redacción se comete una «incongruencia técnica», al comparar el artículo 22.4 y el 314 del Código Penal, que tienen una redacción diferente de factores protegidos.

Ibarra recuerda que «en el artículo 314 se recoge la representación sindical de los trabajadores y el parentesco y no en los demás tipos penales recogidos en 22.4».

LA FISCALÍA TAMBIÉN COINCIDE EN LA NECESIDAD DE UNIVERSALIZAR LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE DELITOS DE ODIO 

Esteban Ibarra informa a Fernández Marugán que Movimiento contra la Intoleranci también ha transmitido su preocupación a la Fiscalía General del Estado (FGE), de quien ha recibido su «punto de vista favorable» a las observaciones de la asociación, como hizo público en una nota de prensa publicada el pasado 9 de octubre, en la que expresaba que “ambas partes coinciden en la necesidad de sostener la universalidad en la protección de las víctimas de delito de odio y han puesto de manifiesto su voluntad de potenciar la adecuada y necesaria asistencia a las mismas”

Según informó entonces a Confilegal Esteban Ibarra, la Fiscalía le confirmó en aquella reunión su compromiso en ofrecer una respuesta especializada y, por tanto, «más eficaz» en la investigación de este tipo de actividad criminal, a través de la red de fiscales especialistas coordinados por la Fiscalía Delegada de delitos de odio y discriminación del Tribunal Supremo prestando especial atención a la creciente expansión del discurso de odio en el ámbito de las tecnologías de la información y de la comunicación.

Ambas partes coinciden en la necesidad de sostener la universalidad en la protección de las víctimas de delito de odio y han puesto de manifiesto su voluntad de potenciar la adecuada y necesaria asistencia a las mismas.

Ibarra también transmite al Defensor del Pueblo que Movimiento contra la Intolerancia y el Consejo de Víctimas de Delitos de Odio han reclamado públicamente a los grupos parlamentarios la «subsanación» de esta nueva redacción del anteproyecto para que recoja esta cláusula general antidiscriminatoria y se evite así también «la más que posible inconstitucionalidad de esta modificación».

Movimiento contra la Intolerancia lamenta la «ausencia de respuesta» por parte de los grupos parlamentarios hasta la fecha.

Ibarra espera que el Defensor del Pueblo atienda la queja y requiera a los grupos parlamentarios que modifiquen la actual redacción del Proyecto de Ley.

«Las ONG que luchamos por la erradicación de los delitos de odio vemos en esta redacción un paso atrás de los avances conseguidos en la protección universal de la dignidad, libertades y derechos fundamentales que ampara el Código Penal, por ello reclamamos que se subsabe esta aberración», manifiesta Esteban Ibarra.

Además, Movimiento contra la Intolerancia reclama una Ley Integral contra los delitos de odio.

Informa que en España, según se desprende del último informe de la Oficina de Lucha contra los Delitos de Odio, dependiente del Ministerio del Interior, publicado el pasado mes de julio, al menos han sido denunciados oficialmente 1.706 delitos de odio en 2019, de los que el 35% son por razón ideológica, el 30% por racimo y xenofobia, y el 35% por otros delitos.

«Sin embargo, son muchos más los que se desconocen oficialmente», apunta Ibarra.

Fuente y más información aquí

miércoles, 9 de septiembre de 2020

Cuaderno de Análisis Nº 71 "COMPROMISO CON LAS RESPONSABILIDADES Y DEBERES HUMANOS EN LA LUCHA CONTRA LA INTOLERANCIA, DISCRIMINACIÓN Y DELITOS DE ODIO"

☑️NUEVO
Cuaderno de Análisis Nº 71 "COMPROMISO CON LAS RESPONSABILIDADES Y DEBERES HUMANOS EN LA LUCHA CONTRA LA #INTOLERANCIA, #DISCRIMINACIÓN Y #DELITOS DE ODIO"
En un mundo que alcanza el umbral de los 8.000 millones de habitantes, donde las guerras de todo tipo bañan el planeta, las pandemias, enfermedades y los desastres medio-ambientales nos acompañan, muchos provocados por los mismos seres humanos, donde la injusticia es poliédrica, la explotación de la persona se mantiene y agrava, donde las relaciones de dominación son sutiles y extraordinarias y afectan, de una u otra manera a la gran mayoría de los pobladores de la tierra que a su vez se enfrentan o nos enfrentan entre sí, manteniendo divisiones y conflictos que solo convienen a los grandes detentadores de poder y capital (hoy esencialmente financiero), en este nuestro mundo de hoy que es donde debemos ubicarnos sus pobladores, la pregunta que late en quienes buscan respuesta a tanta sin razón, es ¿qué debemos hacer?

Si te interesa seguir leyendo, puedes descargar el Cuaderno de Análisis aquí 👇




 

jueves, 25 de junio de 2020

Entrevista a Esteban Ibarra ¿Hay racismo en España?

El programa "TRECE al día", realiza una radiografía del país para conocer si nuestra sociedad es racista. 

Aunque muchos consideren que esta situación está superada, todavía están presentes los "mircroracismos", comportamientos que pueden parecer arbitrarios, pero que conllevan un trasfondo de prejuicios. 
Para analizarlo, compartimos la entrevista con Esteban Ibarra, presidente del Movimiento Contra la Intolerancia. "Sociológicamente se pueden dar muchas definiciones de racismo, la clave es lo que está dentro o fuera de la Ley, lo que hay que neutralizar como prejuicios. Tenemos un ordenamiento jurídico para delitos de carácter racista, y tenemos cifras. El Ministerio del Interior reconoció el año pasado la existencia de más de 350 delitos de odio por racismo. Por eso, huimos de la taxativa de que un país es o no es racista, hay comportamientos racistas dentro de una sociedad".
Sobre si la muerte de George Floyd, ha supuesto un antes y un después en la lucha contra el racismo, Ibarra explica que "se ha producido una conciencia generalizada por la difusión de un homicidio de carácter racista. Se ha expandido por todo el mundo y ha generado una toma de conciencia y rechazo ante situaciones como esta. Lo que me gustaría es avanzar en Educación, sabiendo que para luchar contra el racismo lo que necesitamos es avanzar en una Educación basada en los derechos humanos, en el respeto de la legalidad democrática. Tenemos una muy buena Constitución al respecto, tanto en su artículo 10 como artículo 14".
Ibarra incide en que no le gustaron las imágenes de disturbios y violencia, "interpreto que debemos seguir la línea de Martin Luther King, que luchó contra el racismo y también contra la violencia". Esteban Ibarra explica en "TRECE al día" que el primer paso es "neutralizar los prejuicios, educar en tolerancia. Tiene que ser una Educación minuciosa que comience desde pequeños y no se abandone ni siquiera en la Universidad. Luego necesitamos que capitalice en los medios en las Políticas evitando cualquier manifestación racista o xenófoba".
En el lado positivo, el presidente de Movimiento contra Intolerancia destaca que "nuestro país es de lo mejor que hay en Europa junto con Irlanda y Portugal, estamos en la línea más avanzada y tenemos un elemento que no tiene nadie, las Fiscalías contra delitos de odio. Esto nos está ayudando a que a través de la Justicia, complementaria con la Educación podamos avanzar" . Sin embargo, Ibarra también cita carencias y reclama dos nuevas leyes. "Una es una ley de Igualdad de Trato y no discriminación, que se ha quedado tres veces en la puerta, y la segunda una ley integral contra los delitos de odio que también se quedó en la puerta. Esperemos que alguna vez podamos avanzar en esos dos instrumentos", señala Esteban Ibarra.

viernes, 12 de junio de 2020

Movimiento contra la Intolerancia: ‘La nueva redacción del anteproyecto de Ley de infancia discrimina a víctimas de delitos de odio’

DENUNCIA QUE EN LA NUEVA REDACCIÓN DEL ANTEPROYECTO SE HA ELIMINADO LA CLÁUSULA GENERAL QUE PERMITÍA DENUNCIAR CUALQUIER MOTIVO DE DESCRIMINACIÓN
Afirma que la nueva redacción de los motivos de discriminación es "excluyente, contraria a la Constitución y a los Tratados Internacionales de Derechos Humanos que exigen universalidad"; en la imagen Esteban Ibarra, presidente de esta asociación de derechos humanos.

Movimiento contra la Intolerancia y el Consejo de Víctimas de Delitos de Odio afirman que la nueva redacción del anteproyecto de ‘Ley de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia’, aprobado en el Consejo de Ministros del pasado martes, “discrimina a víctimas de delitos de odio”.

Según señala a Confilegal Esteban Ibarra, presidente de Movimiento contra la Intolerancia y portavoz del Consejo de Víctimas, “la nueva redacción de los tipos penales que afectan a los delitos de odio suprime la cláusula general antidiscriminatoria que había incorporado el anterior Gobierno socialista el 28 de diciembre de 2018 adecuándose al mandato constitucional y a los Tratados Internacionales de Derechos Humanos”.

Explica que el nuevo proyecto de Ley, que conlleva la nueva regulación de los delitos de odio en los artículos 22.4, 314, 510, 511, 512 y 515.4 del Código Penal, al eliminar como cláusula general “cualquier otro motivo de discriminación”, “produce un efecto de exclusión y discriminación hacia el resto de víctimas que sufren delitos de odio”.

Denuncia que “es un grave error, porque “comete una discriminación hacia todas las personas que no están incluidas en la citada redacción, como son quienes sufren discriminación por origen territorial, social, idioma o lengua, opinión, color, aspecto físico, profesión, identidad cultural o deportiva, por características genéticas, por estilo de vida o por las infinitas manifestaciones de la condición humana”.

“Quedarán fuera de un tratamiento igualitario ante la ley”, lamenta con profunda indignación Esteban Ibarra.

Recalca que esta “redacción excluyente y discriminatoria” supone “dejar sin igual protección universal la dignidad y derechos de todas las personas al quebrar el principio de igualdad ante la ley”.

Movimiento contra la Intolerancia y el Consejo de Víctimas de Delitos de Odio reclaman a los grupos
parlamentarios “la subsanación de esta nueva redacción del anteproyecto” para que recoja esta cláusula general antidiscriminatoria, y se evite así también la más que posible inconstitucionalidad de esta modificación”.

Ibarra detalla que el anterior anteproyecto, “ya modificaba el Código Penal para incluir la edad, razones de aporofobia o exclusión social, como en el nuevo, pero además incorporaba esa cláusula general que permitía sancionar cualquier otro motivo basado en un prejuicio discriminatorio”.

“En los últimos años, las ONG que luchamos contra los delitos de odio hemos señalado los déficits de la redacción vigente que arranca del Código de 1995, logrando que se subsanara en el anteproyecto anterior, y entendemos que no hay motivo alguno para la supresión de esta cláusula”, explica.

Alude a varios casos en los que “no se pudo aplicar la circunstancia agravante”, como el del asesinato de Aitor Zabaleta, el crimen del roll, el de un joven punki en Costa Polvoranca o numerosas agresiones, a veces mortales, que no están explícitas en el “Numerus Clausus” actual, ni en la nueva redacción, por lo que “quedarían sin la igual protección de carácter universal que debe de procurar la legislación penal”.

Afirma que la nueva redacción es “contraria a los preceptos de la Constitución Española, que en su artículo 10 universaliza la protección de la dignidad y los derechos inherentes de todas las personas como fundamento de la paz social”.

Añade que el artículo 14 prohíbe con carácter general la discriminación: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

“Ambos artículos son congruentes con los Tratados Internacionales”, apunta.

También denuncia que la nueva redacción “contraviene” la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que establecen que “todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley” y que “todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación”.

Señala que “esta es la línea que ha seguido el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en materia de discurso y delitos de odio”.

Asimismo, afirma que esta redacción del proyecto de Ley “incumple las recomendaciones de la OSCE y del Consejo de Europa”, y que “es contradictoria al Código Penal Militar español que sí dispone de una cláusula general antidiscriminatoria en los artículos 48 y 50, donde se sancionan “los actos que supongan grave discriminación por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, orientación sexual, religión, convicciones, opinión, discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

Por último, también destaca que en la nueva redacción se comete una “incongruencia técnica”, al comparar el artículo 22.4 y el 314 del Código Penal, que tienen una redacción diferente de características protegidas.

Recuerda que “en el 314 se recoge la representación sindical de los trabajadores y el parentesco y no en los demás tipos penales recogidos en 22.4”.

Señala que “la diferencia se solventaría si se  incorporara la cláusula general antidiscriminatoria”.

“Las ONG que luchan por la erradicación de los delitos de odio vemos en esta redacción un paso atrás de los avances conseguidos en la protección universal de la dignidad, libertades y derechos fundamentales que ampara el Código Penal, por ello reclamamos que se subsabe esta aberración”, sentencia.

Fuente y más información aquí 

miércoles, 10 de junio de 2020

Informe sobre el racismo y la xenofobia durante el estado de alarma en España

Crisis sanitaria COVID-19:

Informe sobre el racismo y la xenofobia durante el estado de alarma en España

                                                   
                      
      
El Equipo de Implementación del Decenio Internacional para los Afrodescendiente en España junto a Rights International Spain (RIS) presentan un informe que recoge las manifestaciones de racismo y xenofobia ocurridas entre el 15 de marzo y el 2 de mayo, durante el estado de alarma en España como consecuencia del COVID-19. El documento, impulsado por la sociedad civil y por solicitud del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ha sido remitido al Grupo de Trabajo de Expertos de la ONU sobre los Afrodescendientes, el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre las Minorías y la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, entre otros organismos de derechos humanos.
UN 70% AFIRMA HABER SUFRIDO UNA PARADA POR PERFIL RACIAL
La investigación recoge más de 70 incidentes racistas y prácticas institucionales discriminatorias. De las informaciones obtenidas directamente de las personas afectadas y organizaciones sociales, se ha documentado las vulneraciones de derechos humanos sucedidas en diferentes puntos del Estado español siendo Madrid la región con un mayor número de denuncias (40%), seguida por Catalunya (21%) y País Vasco (8%). En cuanto al grupo étnico racial que sufrió el mayor número de violaciones, de las 47 respuestas individuales recibidas, las personas negras y afrodescendientes (32%) fueron las más afectadas, seguidas por árabo-musulmanas (30%), gitanas (25%) y latinas (8%). Del total de víctimas, un 70% afirman haber sufrido una parada por perfil racial además de ser objeto de brutalidad policial tras ser identificadas. La mayor parte de comentarios de odio citados en el informe afectan a personas gitanas. Casi un 26% de los encuestados están en una situación administrativa irregular, lo que incrementa notablemente su indefensión y la vulnerabilidad frente a los abusos. Si bien, tal y como se ha observado en la investigación, tener una situación administrativa regular no es garantía para las personas racialmente diversas. El 45% de los casos se refieren a violaciones de derechos que afecta a un colectivo en particular y un 10% corresponde a políticas que contribuyen a discriminación contra personas afrodescendientes. 
El Estado debe abordar seriamente el racismo estructural en España que perpetúa las desigualdades y no solo las manifestaciones que genera
RECOMENDACIONES
  • Los delitos de odio deben ser investigados de manera rápida y efectiva.
  • Se debe prohibir por ley el uso de perfiles raciales por parte de la policía. Asimismo, es necesario introducir formularios de identificación que recojan datos empíricos objetivos de control policial que incluyan etnicidad y nacionalidad.
  • Todo uso excesivo de la fuerza debe investigarse de forma pronta, exhaustiva y efectiva. Es preciso fortalecer las garantías y mecanismos de denuncia, creando un mecanismo independiente de supervisión y rendición de cuentas para todas las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado.
  • La reforma general de la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana para adecuar la norma a los estándares internacionales, eliminando las disposiciones vulneradoras de derechos fundamentales.  
  • Las administraciones públicas deben regularizar de manera urgente la situación administrativa de las personas migrantes que se encuentran en el territorio español, garantizando sus plenos derechos, permitiendo su acceso a la salud y vivienda digna en condiciones de igualdad.
  • Ratificar el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre trabajadoras y trabajadores domésticos. Asimismo, firmar y ratificar la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares.
NOTA
España se sometió en enero de 2020 al tercer ciclo del Examen Periódico Universal (EPU) del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas que evalúa, cada cinco años, los progresos en materia de garantías fundamentales de los Estados miembros. El resultado de dicho examen, las observaciones finales, recoge 275 recomendaciones propuestas por 110 Estados. Entre ellas, figuran al menos 82 sobre la necesidad de redoblar los esfuerzos en materia de lucha contra la discriminación racial. En este sentido, el gobierno deberá especificar el 20 de junio qué recomendaciones adoptará y cómo las aplicará. 
Descargar informe
Para más información y entrevistas, contactar con:

Isabelle Mamadou (Equipo):  +34 637 97 59 54
Esther Mamadou (Equipo):  + 34 666 74 85 83
Youssef M. Ouled (RIS):  +34 678 80 61 09