El Ministerio Público reclama que los hombres pasen en la cárcel el tiempo que transcurra hasta que se resuelvan los recursos a la sentencia en la Audiencia de Barcelona. Los magistrados deben ahora fijar una vista para tomar una decisión.
La Fiscalía ha pedido el ingreso inmediato en prisión de los cinco condenados por la violación a una menor en Manresa (Barcelona), conocidos como La Manada de Manresa. El Ministerio Público reclama que los hombres pasen en la cárcel el tiempo que transcurra hasta que se resuelvan los recursos a la sentencia en la Audiencia de Barcelona.
Los magistrados deberán fijar ahora una vista para decidir si obedece las peticiones de la Fiscalía. Los cinco varones fueron condenados el pasado 31 de octubre por un delito de abuso sexual y no por agresión, a penas de entre 10 y 12 años de cárcel.
En la sentencia de la Audiencia de Barcelona se absolvió a uno de los seis acusados de la violación, ocurrida en octubre de 2016 en un botellón en una nave abandonada de Manresa, y descartó la tesis de la Fiscalía de que los procesados se valieron de su superioridad numérica y el estado de ebriedad de la víctima para intimidarla y agredirla sexualmente.
La Fiscalía y la acusación particular de la víctima ya han recurrido la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) para lograr que se les condene por agresión sexual.
Para la sala, los hechos deben ser calificados de abuso porque la víctima se encontraba "en estado de inconsciencia, sin saber qué hacía y qué no hacía" y sin poder "determinarse y aceptar u oponerse a las relaciones sexuales" con los procesados, quienes no tuvieron que emplear "ningún tipo de violencia o intimidación" contra ella.
Uno de los procesados, Bryan Andrés M., se llevó entonces a una caseta adjunta a la nave a la adolescente, cuya condición de menor de 16 años "no pasó desapercibida a ninguno de los congregados", y abusó sexualmente de ella, tras lo que animó a hacerlo a cuatro de sus amigos, que la penetraron vaginalmente, añade la sentencia. Posteriormente, dos de los procesados -Bryan Andrés M. y Maikel P., condenados a 12 años- obligaron a la menor a que les practicara una felación.
Los cinco chicos han sido condenados a penas de entre diez y doce años por delito de abuso sexual a menor y no por agresión
Según ha indicado la Coordinadora de Mujeres en un comunicado, esta movilización pretende condenar el fallo de la Audiencia de Barcelona
La manifestación arrancará a las 20.00 horas del lunes en la plaza de Fuente Dorada
La Coordinadora de Mujeres de Valladolid ha convocado una manifestación para el próximo lunes, 4 de noviembre, contra la sentencia a la violación múltiple de Manresa, a cuyos cinco miembros se les ha condenado a penas de entre diez y doce años por delito de abuso sexual a menor y no por agresión a una niña de 14 años en Manresa (Barcelona) en 2016.
Según ha indicado la Coordinadora de Mujeres en un comunicado, esta movilización pretende condenar el fallo de la Audiencia de Barcelona y reclamar en la calle "que no fue un abuso", sino que "fueron cinco violaciones".
La manifestación, convocada bajo los lemas de 'No es abuso es violación' y 'Basta ya de justicia patriarcal', arrancará a las 20.00 horas del lunes en la plaza de Fuente Dorada de la capital del Pisuerga y transcurrirá por la bajada de la Libertad y la calle Angustias hasta llegar a los juzgados de Valladolid.
La Audiencia de Barcelona
considera que la víctima se encontraba "en estado de inconsciencia",
por lo que los acusados no tuvieron que usar "violencia o
intimidación"
La violación grupal de una
adolescente de 14 años en Manresa no es agresión sexual, sino abuso sexual. La
sección 22 de la Audiencia de Barcelona ha condenado a cinco de los seis
acusados a penas de entre 10 y 12 años por abuso sexual y abuso sexual
continuado a una menor, pero no contempla, como pedía la Fiscalía, elevar la
pena a agresión sexual. Esta sentencia sigue la estela de la polémica que se
inició con el caso de La Manada de Pamplona, a los que la Audiencia Provincial
de Navarra condenó en abril de 2018 por abuso sexual continuado. El Supremo
elevó la condena el pasado junio y lo consideró una violación múltiple.
El grupo de Manresa violó por
turnos a la víctima, que había tomado alcohol y drogas ( "algún porro de
marihuana", según los hechos probados) y estaba inconsciente, en una
fábrica abandonada en el camino Torres d'en Vinyes durante un botellón en 2016.
"No pasó desapercibido" para ninguno de los congregados que la joven
era menor de 16 años y que estaba en estado de inconsciencia, prosigue la
sentencia.
El tribunal admite que el crimen
fue "extremadamente intenso y especialmente denigrante", pero no se
puede tipificar como agresión sexual porque la menor estaba inconsciente y no
hubo violencia ni intimidación, elementos necesarios para catalogar los hechos
de esa manera. Los agresores, reza la sentencia, "pudieron realizar los
actos sin usar ningún tipo de violencia o intimidación para vencer una
oposición que no existía".
En las sesiones del juicio,
celebradas en julio, la víctima declaró que recordaba solo parte de lo
ocurrido, pero que uno de los principales acusados, Bryan Andrés —el que empezó
la cadena de violaciones por turnos de 15 minutos— la obligó a tener sexo
mientras esgrimía una pistola. En la sentencia queda recogido, no obstante, que
era otro de los implicados, Marco Antonio, quien tenía en las manos "lo
que parecía una pistola".
La joven declaró en el juicio que
uno de los acusados, Bryan Andrés, le dijo que tenía que hacerle una felación a
él y a Maikel Pascual, otro de los implicados en el crimen. La joven aseguró
que accedió porque Maikel y Bryan se pasaban una pistola y se sintió
intimidada. Sin embargo, el Tribunal no contempla, entre los hechos probados,
que se utilizase la pistola para intimidar a la víctima. Los magistrados
sostienen que no se puede saber "con certeza si aquello que la víctima
dijo que iba recordando acerca de lo que ocurrió, los flashes de ciertas
escenas que mencionó, son efectivamente una rememoración tardía de las
percepciones sensoriales conservadas en la memoria o fruto de la
interiorización del relato sentido por otras personas".
El Tribunal considera que se
trata, inequívocamente, de un delito de abuso sexual. "Ha quedado
acreditado que la víctima, mientras que se producían los hechos, y desde el
momento antes hasta horas después de lo sucedido, se encontraba en estado de
inconsciencia, sin saber qué hacía y qué no hacía, y, consecuentemente, sin
poder determinarse y aceptar u oponerse a las relaciones sexuales que con ella
mantuvieron la mayor parte de los procesados, los cuales pudieron realizar los
actos sexuales sin utilizar ningún tipo de violencia o intimidación (...). Se
está ante la hipótesis que considera abusos sexuales no consentidos, aunque en
este caso el consentimiento sería irrelevante atendiendo a la edad de la
víctima", sostiene el tribunal en la sentencia, que no es firme. Abel Pié,
abogado de uno de los agresores, confirmó que las defensas apelarán la
sentencia y pedirán la absolución de los condenados.
Hay un episodio de los hechos
probados, sin embargo, que plantea dudas respecto a la inconsciencia de la menor, tal como
subraya la catedrática en Derecho Penal de A Coruña, Patricia Faraldo. Dice
así: "Cuando ya se habían marchado la mayor parte de los reunidos, Bryan
Andrés y Maikel, al mismo tiempo, cogieron a XXX, liberaron sus respectivos penes
de los pantalones y los posaron en la cara de la chica para que ella les
masturbase, chupándolos, consiguiendo satisfacer sus deseos libidinosos con la
felación que ella les hizo". Según Faraldo, "para mantener que estuvo
inconsciente en todo momento, este episodio se debería haber descrito de otra
manera. Me deja perpleja". La catedrática considera además que el hecho de
que uno de los condenados invitara al resto a entrar a la caseta (Bryan Andrés
"le dijo ahora podían entrar ellos", según la sentencia), debería
haber supuesto "que se le considerara inductor de los hechos de los demás,
lo que significaría una pena mayor".
La Fiscalía, que empezó acusando
a los agresores de un delito de abusos sexuales, terminó rectificando y, en la
última sesión del juicio, elevó la petición de pena para los seis acusados: de
entre 10 y 12 años para cada uno de ellos, pasó a solicitar entre 14 y 15 años
por agresión sexual. El fiscal consideró entonces que los seis acusados
actuaron de forma organizada y que aprovecharon su superioridad numérica para
"intimidar" a la víctima. Los magistrados no han pasado por alto este
cambio de posicionamiento de la Fiscalía y, en el fallo, han mostrado su
"sorpresa", por la modificación de calificación jurídica del
ministerio fiscal en sus conclusiones, porque la prueba practicada en el
plenario apoyaba su calificación provisional de abusos sexuales y, en cambio,
"no aportó elementos que justificaran mutar los abusos en agresión sexual,
en los trámites de conclusiones”.
Sobre la edad de la víctima
—tenía 14 años cuando se produjeron los hechos—, el Tribunal rechaza la
declaración de los acusados, que aseguraban que desconocían que era menor de
edad. "En el juicio oral, celebrado tres años después de los hechos, el
Tribunal ha podido comprobar que el aspecto físico de aquella chica sigue teniendo una apariencia de adolescente
incipiente, que no llegaría aún a los 16 años", reza la sentencia. Los
magistrados son tajantes: "Si no hicieron nada para cerciorarse de este
dato fue porque les resultó indiferente".
El tribunal ha impuesto para dos
de los acusados, Bryan Andrés y Maikel Pascual, la pena más elevada, de 12
años, al considerar que en su caso se dio una situación de continuidad donde,
estando ellos dos con la joven en la misma escena, le pidieron “prestación
sexual”. A Daniel David Rodríguez, Yordanis de Jesús Campo y Walter Diego
Claudio, los magistrados los condenan a 10 años por un delito de abuso sexual.
Otros dos jóvenes juzgados por
estos hechos han sido absueltos. En uno de los casos, no ha quedado acreditada
su participación en el delito de abusos sexuales. En el otro, que según el
relato de la Fiscalía se masturbó mientras miraba cómo los demás violaban a la
chica, aunque no participó directamente, ha considerado que no se ha probado el
delito de omisión de impedir delitos del que estaba acusado.
La sala, que ha absuelto a todos los acusados del delito de amenazas, ha fijado en 12.000 euros la
indemnización a la víctima, de forma conjunta y solidaria, al considerar que
“el ataque a la indemnidad sexual de la víctima fue extremadamente intenso y
especialmente denigrante, y además, se produjo sobre una menor que se
encontraba en situación de desamparo”.
Esta sentencia recuerda al caso
de La Manada de Pamplona, que fue polémico por el mismo motivo. Primero la
Audiencia de Navarra y después el Tribunal Superior de Justicia de Navarra
condenaron a los cinco autores de la violación de una joven a nueve años de
prisión por abuso sexual y no por agresión. Ambos fallos generaron multitud de
protestas en toda España, los partidos políticos se manifestaron en contra de
la decisión judicial e incluso el Gobierno anunció que iba a modificar la
legislación. La decisión fue recurrida ante el Tribunal Supremo, que cambió la
calificación de los hechos y elevó las penas. Sentenció que La Manada cometió
una violación continuada en grupo y castigó a los cinco autores de la violación
a 15 años de cárcel. El alto tribunal entendió que la joven sufrió una
"situación intimidante" que hizo que ella misma "adoptara una
actitud de sometimiento", los acusados se "aprovecharon" de
estas circunstancias para atacar a la joven.
La sentencia sobre el ataque de
La Manada de Pamplona en julio de 2016 generó una amplia protesta en las calles
y provocó que el Gobierno, entonces del Partido Popular, decidiera revisar el
concepto de violencia que figura en el Código Penal para los casos de
violación.
El Gobierno del PSOE hizo suya la iniciativa del PP y, en julio de
2018, anunció una reforma del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal para garantizar que los tipos no dependan de la interpretación de los
jueces. La comisión de codificación, a la que se encargó un dictamen sobre la
cuestión, propuso la desaparición de la actual distinción entre abuso y
violación y que se considere violación cualquier agresión sexual con
penetración no consentida.
Claman contra la "sangría" que su sufren las mujeres tras el último caso de violencia de género en Burgos y piden "no culpabilizar" a la víctima
Manifestación en contra de la violación de la Manada de Manresa en Valladolid - E. PRESS
Decenas de personas han desafiado al mal tiempo y se han concentrado a la puerta de los ayuntamientos este lunes para mostrar su apoyo a la víctima de la conocida como 'Manda de Manresa' y exigir que sea considerada como agresión y no abuso sexual.
Convocados por la Coordinadora de Mujeres dentro de un llamamiento en todo el país, los manifestantes han trasladado su solidaridad con la víctima, que tenía 14 años en el momento de la agresión.
La portavoz de la Coordinadora, Marisol Morais, ha reclamado un cambio en el Código Penal para incluir "de forma clara" la "violación", de modo que "ningún juez pueda agarrarse otra vez a alguna laguna legal".
Por su parte, en Soria, más de medio centenar de personas se han concentrado en el Consistorio, donde la concejal Gloria Gonzalo y la representante de la Asamblea Feminista en Soria, María Smet, han solicitado que los hechos sucedidos en 2016, y que están siendo juzgados ahora, sean condenados como una violación y no como un abuso, informa Europa Press.
En Valladolid, Marisol Morais ha calificado de "vergüenza" que en el caso de Manresa haya que esperar a la declaración de la joven para decidir la calificación del delito y ha lamentado que "sea la víctima la que se tenga que defender ante la Justicia".
La concentración también ha servicio para mostrar su repulsa por el último caso mortal de violencia de género, registrado este lunes en la localidad burgalesa de Salas de los Infantes, y que Morais ha tachado de "sangría".
"SANGRÍA"
Sin embargo, haacusado a las instituciones de "minimizar" dicha "sangría", así como de "culpabilizar al víctima" al destacar cuestiones como que no hubiera denuncia previa por malos tratos.
Al hilo de esto, ha reclamado también a los medios de comunicación que "digan las cosas de otra manera", pues la actual forma de tratar este tipo de informaciones es, a su juicio, "patético".
Los manifestantes han acusado a la Justicia de "patriarcal" que "privilegia la palabra de los hombres frente a la de las mujeres" y ha reclamado una "perspectiva de género". "Los jueces tendrán que cambiar, o tendrán que cambiar a los jueces", han apostillado.
Por otro lado, han exigido al Estado el acatamiento de los convenios con la Unión Europea y la ONU para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer que "obligan a una mayor protección de mujeres y niñas.
Por último, han subrayado que "sólo un sí es sí" y han reclamado unidad "ante estos ataques" porque "cualquier mujer puede ser víctima" y han vuelto a reivindicar el lema 'Hermana, yo sí te creo. No estás sola'.