La joven musulmana volvió al instituto el día 30, pero fue enviada a la biblioteca. El abogado argumenta que la prohibición atenta contra la libertad religiosa y la identidad de la alumna.
La familia de la niña de 12 años musulmana a la que prohíben entrar con velo islámico en las aulas del instituto Félix Rodríguez de la Fuente ha denunciado ante la Fiscalía de Menores que a su hija no le permiten acudir a clase. El 21 de diciembre la dirección advirtió a la muchacha que no podía permanecer en el interior del centro con su ‘hiyab’, razón por la cual el padre pidió explicaciones. Y dejó de ir. Hasta el 30 de septiembre, fecha en la que el instituto le comunicó que si no iba su caso sería puesto en conocimiento de la Comisión de Absentismo de la Dirección Provincial de Educación.
La familia de la niña de 12 años musulmana a la que prohíben entrar con velo islámico en las aulas del instituto Félix Rodríguez de la Fuente ha denunciado ante la Fiscalía de Menores que a su hija no le permiten acudir a clase. El 21 de diciembre la dirección advirtió a la muchacha que no podía permanecer en el interior del centro con su ‘hiyab’, razón por la cual el padre pidió explicaciones. Y dejó de ir. Hasta el 30 de septiembre, fecha en la que el instituto le comunicó que si no iba su caso sería puesto en conocimiento de la Comisión de Absentismo de la Dirección Provincial de Educación.
Al intentar entrar en clase con el velo, el director le informó de que no se lo iba a permitir. Fue obligada a permanecer en la biblioteca para realizar tareas relacionadas con las asignaturas pero sin contacto con sus compañeros salvo en el patio y en las zonas comunes.
La familia, informa a la Fiscalía de que en el momento en que formalizó la matrícula de su hija en el instituto aportaron las preceptivas fotografías en la que aparecía con su velo islámico. El instituto «atenta contra el libre ejercicio de la libertad religiosa y contra su identidad, reconocida por el Estado toda vez que en su Tarjeta de Identidad del Extranjero aparece con el velo».
La dirección del centro establece en su Reglamento de Régimen Interno que «en ningún momento se utilizarán prendas que oculten el rostro total o parcialmente». Y prohíben por tanto todo tipo de gorras, gorros y demás atuendos en el interior de las clases.
En el informe que ha remitido al centro y que la semana pasada registró en la Dirección Provincial de Educación, esgrime varias sentencias del Tribunal Constitucional que concluyen que prohibir portar el ‘hiyab’ es «un atentado flagrante al libre ejercicio de la libertad religiosa».
El principal argumento que maneja el letrado Iván Jiménez Aybar tiene que ver con la normativa que regula el Documento Nacional de Identidad (DNI). El Real Decreto de 2005 que regula su expedición señala que se presentará una «fotografía... tomada de frente, con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona».
El principal argumento que maneja el letrado Iván Jiménez Aybar tiene que ver con la normativa que regula el Documento Nacional de Identidad (DNI). El Real Decreto de 2005 que regula su expedición señala que se presentará una «fotografía... tomada de frente, con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona».
Dicho decreto creó cierta confusión en algunas comisarías españolas. Una circular de la Comisaría General de Extranjería aclaró que se admitirían todas las fotos en las que se vieran la frente, cejas, ojos, nariz, labios y mentón, y que no se tendría en consideración si el velo cubre o no el pelo o el pabellón auditivo.
La familia acusa al instituto de no dar audiencia a la menor y a sus padres hasta el pasado día 6, cinco días después de que se apartara a la joven de la actividad docente en el interior de las clases. En su opinión lo ha hecho de forma «deliberada y consciente». Denuncian ante la Fiscalía de Menores que la dirección le ha presionado para que solicite el traslado voluntario de centro.
La familia acusa al instituto de no dar audiencia a la menor y a sus padres hasta el pasado día 6, cinco días después de que se apartara a la joven de la actividad docente en el interior de las clases. En su opinión lo ha hecho de forma «deliberada y consciente». Denuncian ante la Fiscalía de Menores que la dirección le ha presionado para que solicite el traslado voluntario de centro.
Asimismo, en el texto de la denuncia el padre señala que se siente «engañado por la dirección del instituto». Por una parte, le advierten de que su hija debe ser escolarizada pero después le comunican que no puede asistir a clase con su ‘hiyab’. El comportamiento del centro es, en su opinión, torticero y desleal.
RECURSO. Por otra parte, el instituto, tras oír al padre y a la niña ha modificado temporalmente su horario lectivo durante los días 13 y 14 de octubre. En esas jornadas acudirá al centro a la segunda y tercera clase, recogerá los trabajos que se le indiquen en la Jefatura de Estudios y abandonará el centro por haber concluido su horario lectivo. Los trabajos los entregará a la misma Jefatura cuando se incorpore al centro tras haber finalizado las medidas de corrección. Si tuviera algún examen en ese tiempo podría acudir al mismo para que nos e interrumpa su proceso de evaluación continua. Pero todas estas medidas quedan en suspenso, porque la familia las ha recurrido ante la Dirección Provincial de Educación, que deberá decidir sobre ellas.
La familia de la joven musulmana pide al centro educativo que permita acudir a clase a la niña hasta que la Dirección Provincial resuelva el recurso.
RECURSO. Por otra parte, el instituto, tras oír al padre y a la niña ha modificado temporalmente su horario lectivo durante los días 13 y 14 de octubre. En esas jornadas acudirá al centro a la segunda y tercera clase, recogerá los trabajos que se le indiquen en la Jefatura de Estudios y abandonará el centro por haber concluido su horario lectivo. Los trabajos los entregará a la misma Jefatura cuando se incorpore al centro tras haber finalizado las medidas de corrección. Si tuviera algún examen en ese tiempo podría acudir al mismo para que nos e interrumpa su proceso de evaluación continua. Pero todas estas medidas quedan en suspenso, porque la familia las ha recurrido ante la Dirección Provincial de Educación, que deberá decidir sobre ellas.
La familia de la joven musulmana pide al centro educativo que permita acudir a clase a la niña hasta que la Dirección Provincial resuelva el recurso.
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