Ha concluido en la Audiencia
Provincial de Barcelona el juicio de referencia obligada, esperado, que sentaba
en el banquillo de los acusados al histórico referente del nacionalsocialismo
en España, quizás para toda la comunidad iberoamericana, al propietario de la
Librería Europa, Pedro Varela.
Un juicio que llega 8 años
después de que la Librería de referencia para todo el nazismo europeo, latino e
hispano, en inexplicable funcionamiento consentido por el Consistorio, al no
tener licencia municipal durante 20 años.
Fue clausurada tras solicitar esa
medida cautelar la Fiscalía de delitos de odio de Barcelona y
para la que se reclama, por parte de todas las acusaciones en el juicio, su
cierre definitivo.
Junto a la Fiscalía de Barcelona,
ejercieron la acusación popular, el Movimiento contra la Intolerancia y
la Federación de Comunidades Judías en España. Ambas son entidades con
larga experiencia de lucha social y jurídica contra el nazismo y que tienen un
acuerdo de colaboración en este ámbito así como en la dirección del Observatorio del
Antisemitismo.
También se personó Ayuntamiento
de Barcelona mediante acusación particular.
Además de Pedro Varela, el
procedimiento alcanzó a otras 5 personas de su equipo como Carles
Sanagustín, Viorica Minzararu, Nicoleta Damián, Acacio
Friera y Antonio de Zuloaga (fallecido).
Todos colaboradores y del equipo
de la Editorial Ojeda, de quien dependía la Librería Europa; según
la Fiscalía y las acusaciones, «no puede disociarse de CEDADE» (Círculo Español
de Amigos de Europa), una organización de ideología nacional socialista creada
en 1966 en Barcelona.
Considerada una red
internacional de difusión de propaganda e inicio del movimiento neonazi, en su
creación contó con el apoyo de oficiales nazis de las Waffen SS protegidos en
el franquismo, como León Degrelle y Otto Skorzany junto
a combatientes de la División Azul y otros referentes.
Pedro Varela fue presidente de
CEDADE entre 1978 y 1993, año de la disolución de esta organización, denunciada
por el Parlamento Europeo y también por el Centro Simón
Wiesenthal, entidad que documenta las víctimas del Holocausto y lleva
registros de los criminales de guerra nazis.
CEDADE fue un autentico crisol
del movimiento nazi en España.
LIBRERÍA EUROPA, CENTRO DE
PROPAGANDA DEL NACIONALSOCIALISMO
Pedro Varela continuo su
actividad configurando la Librería Europa como centro neurálgico del
pensamiento y propaganda nacionalsocialista. Desde la librería se difundía, en
diferentes idiomas y para numerosos países europeos e iberoamericanos,
materiales, libros, revistas y soportes diversos del discurso del nazismo,
además de organizar conferencias y encuentros.
León Degrelle, oficial
belga de las SS del que se decía que era el predilecto de Adolf Hitler, influyó
notoriamente en Pedro Varela.
El dictador, Francisco
Franco, le dio asilo en España tras la II Guerra Mundial, a pesar de
ser reclamado por los tribunales belgas. Hizo de Málaga su domicilio.
Después de unas declaraciones en
la revisa Tiempo, de naturaleza negacionista y humillante hacia las
víctimas del genocidio nazi y por declaraciones antisemitas y racistas, fue
denunciado en 1985 por Violeta Friedman, judía
húngara, superviviente del Holocausto y presidente de honor del Movimiento
contra la intolerancia hasta su fallecimiento.
Friedman consiguió, del Tribunal
Constitucional, una importante sentencia en 1991. Presidido por Francisco
Tomas y Valiente (quien fue asesinado por ETA en 1996), la sentencia
del máximo tribunal de garantías es la primera referencia jurídica en España
contra el discurso de odio, aun cuando este término todavía no fue
reconocido en Europa hasta 1997.
Esta sentencia abrió la puerta,
en el Código Penal de la democracia, que entró en vigor en 1995, a los delitos
de los que ahora se le acusa a Pedro Varela. Delitos que fueron actualizados en
la reforma que se operó sobre ese mismo Código en 2015.
INTENSA ACTIVIDAD ULTRA
Reconocido Pedro Varela como
referente ideológico actual del nazismo en España, su activismo difusor le ha
llevado a estar encausado y condenado en 3 procedimientos judiciales.
El primero data de 1992. Fue en
Austria, por divulgar el discurso hitleriano. Los otros dos tienen fecha de
1998 y 2010. Dos procesos relacionados también con la difusión de
ideas genocidas y contra los derechos fundamentales y las libertades
públicas garantizados por la constitución
Este ha sido el cuarto juicio,
centrado en su activismo desarrollado entre 2006 y 2016.
Tras su detención y registro, los
Mossos le incautaron 15.000 libros de los autores de referencia del nazismo,
con contenidos variados de tipo racista, antisemita, de negación y
trivialización del holocausto y otros relacionados con el rechazo a
homosexuales, inmigrantes, gitanos y otras minorías sociales.
El fiscal de delitos de
odio, Miguel Ángel Aguilar, en su escrito de acusación contra Varela
y el resto de los acusados, describió su relación como «un entramado
organizativo perfectamente estructurado» que tenía su epicentro en la librería
y la editorial. Desde esa base difundieron «de forma masiva e indiscriminada”
contenidos neonazis basados “en la cultura del odio supremacista, la
segregación racial”.
Sus textos alimentaban la
discriminación respecto a personas judías, afrodescendientes, asiáticas,
migrantes, musulmanes u homosexuales entre otros; también materiales con
especial fijación y aversión hacia los judíos que divulgaban la tesis
raciales y antisemitas de sus autores y que, desde su antisemitismo, denigraban
y humillaban “con expresiones de carácter ofensivo y vejatorio con el
objetivo de crear sentimiento de odio hostilidad, animadversión y de
violencia”.
El punto de vista de la Fiscalía
fue diáfano: “enaltecían, alababan y justificaban” los atroces crímenes del III
Reich, o incluso negaban el Holocausto”. Su actividad difusora tuvo una gran
proyección entre neonazis y neofascistas.
Por la actividad desarrollada en
el período investigado, la petición de pena para Valera, realizada por la
Fiscalía y las acusaciones popular y particular, alcanzó los 12 años
de cárcel.
Varela fue acusado de 2
delitos de odio, contra las libertades y derechos fundamentales, y un
delito de pertenencia a asociación ilícita.
Para los otros 5 acusados,
miembros de la dirección y empleados de la asociación cultural editorial Ojeda
de la que depende la librería Europa, se les pide una pena de 8 años de
prisión.
EL JUICIO Y LOS HECHOS
PROBADOS
Tras negarse los acusados a
responder a las preguntas de la Fiscalía y de las acusaciones popular y
particular, solo contestaron a sus abogados, comenzaron las testificales y
periciales, entre los testigos diferentes colaboradores de la Librería Europa
que trivializaban su actividad como era de esperar.
La aportación sustancial vino de
la información aportada por los Mossos que fue muy abundante y certera.
Fue acreditada la venta de DVDs y
la celebración de conferencias en la librería, en distintas ciudades españolas,
incluso en México, su difusión en internet y redes sociales. Llegó a
disponer de canales en Youtube.
Era, además, otro de los métodos
de financiación de Varela para obtener recursos y editar los libros.
La Fiscalía, tras la
exhaustiva investigación realizada por los Mossos d´Esquadra, contabilizó
en el período de 2006 y 2016 más de 260 conferencias de historiadores o
políticos negacionistas del Holocausto. Algunos de ellos destacados condenados
por apología del genocidio como el exlíder del Ku Klux Klan, David Duke o
el revisionista británico David Irving, entre muchos otros de
alta referencia internacional del supremacismo ario y del neonazismo..
En Internet, según la
investigación policial, su página tuvo en el primer semestre de 2016 unas
10.000 visitas. Allí tenía a la venta 2.963 libros y 496 DVDs de conferencias y
documentales, sobre los que realizaba envíos a toda España y al extranjero.
Las declaraciones de los Mossos
en el juicio pusieron de manifiesto que, desde la editorial Ojeda, vendían
las publicaciones por internet, en la Librería Europa y organizaban
conferencias, todo con la intención de difundir «una línea de pensamiento basada
en la cultura del odio supremacista y de animadversión y segregación racial
contra lo que ellos consideran como ‘razas inferiores'».
Se publicaron varios libros de Irving, como
«Pruebas contra el Holocausto», donde se rechaza la existencia de cámaras de gas
en el campo de concentración de Aushwitz, además de afirmar que Hitler protegió
a los judíos.
También del antisemita Israel
Adan, “El Yugo de Sión. La batalla del discurso”; del negacionista,
Robert Faurisson, «Las victorias del revisionismo», donde se califica de
«mentira histórica» al Holocausto.
Incluso obras del propio Pedro
Varela sobre “Nueva Ética Revolucionaria” y “Cartas desde la
prisión”. Un catalogo de varios cientos de publicaciones y un deposito de miles
de libros.
EL ARTÍCULO 510 DEL CÓDIGO
PENAL, LA CLAVE
Fue significativo el apunte del
instructor de los Mossos sobre detenciones por agresiones físicas de
delitos de odio, señalando que en los registros de neonazis en
numerosas ocasiones aparecía propaganda de la Librería Europa.
Las acusaciones coincidieron,
esencialmente, con la Fiscalía. Cada una desde su perspectiva y con diversidad
de matices, subrayaron que los delitos cometidos con ocasión del ejercicio de
los derechos fundamentales y de las libertades públicas correspondían a varios
artículos del Código Penal, que castigan los delitos de odio.
De un modo específico al 510.1.a.
que sanciona a: «quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o
indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo,
una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su
pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la
ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus
miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o
identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad».
Al artículo 510.1.c., que también
castiga penalmente a «Quienes públicamente nieguen, trivialicen gravemente o
enaltezcan los delitos de genocidio, de lesa humanidad o contra las personas y
bienes protegidos en caso de conflicto armado, o enaltezcan a sus autores,
cuando se hubieran cometido contra un grupo o una parte del mismo, o contra una
persona determinada por razón de su pertenencia al mismo, por motivos racistas,
antisemitas, antigitanos, u otros referentes a la ideología, religión o
creencias».
Preguntado el instructor de los
Mossos por las defensas de los acusados a que se referían con el término “ULTRA” cuando
así les calificaban, el agente contesto con precisión que el término
designaba a aquellas organizaciones que admitían el uso de la
violencia para alcanzar sus objetivos políticos.
Correcto.
Este fue el significado y no otro
,que se le dio en la transición a la democracia en España, señalando que lo
ultra era ir mas allá, transcender de la legalidad democrática para alcanzar
unos objetivos determinados.
También las acusaciones
coincidieron con la Fiscalía que los hechos pueden ser constitutivos de un
delito de asociación ilícita
El artículo 515.4. del Código
Penal establece que «Son punibles las asociaciones ilícitas, teniendo tal
consideración: (…) Las que fomenten, promuevan o inciten directa o
indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra personas,
grupos o asociaciones por razón de su ideología, religión o creencias».
Al margen de las penas de
prisión, el fiscal y las acusaciones han pedido la inhabilitación de Varela
para editar o vender libros durante el tiempo de la condena y 10 años más,
además de la disolución y clausura de la asociación cultural editorial Ojeda,
el cierre definitivo de la librería Europa tanto en su sede de la calle Séneca
como su web, y la prohibición “definitiva” a ambas entidades de realizar
actividades de edición, así como la clausura de varias webs y sus perfiles de
en redes sociales.
Las defensas presentaron como
librero y editor a Varela y su grupo, como una pequeña empresa, pero su
objetivo esencial es poner en cuestión el artículo 510 del Código Penal de
forma que el discurso de odio no disponga de ningún límite.
Lo que nos llevaría a una
situación anterior al Código Penal de 1995.
Así lo sostuvo Óscar
Vicario, letrado de la acusación popular de Movimiento contra la
Intolerancia y de la Federación de Comunidades Judías de España, en espera
de que la sentencia sirva de una vez por todas para poner punto
final a las actividades y organización de incitación al odio antisemita y
racista, del odio radicado en la intolerancia al diferente.
Porque la libertad de
expresión no debe suponer nunca, impunidad de agresión.
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