Sede del TSJCYL - E. PRESS |
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la
condena por delito de odio a Cándido R.H. con motivo de la refriega registrada
en junio de 2016 en el bar 'La Tasquita' en la que, como así considera probado
el tribunal, humilló a una joven de raza india que acababa de casarse y que se
había acercado hasta el citado establecimiento, con parte de la comitiva, para
tomar unas copas.
En su sentencia, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCyL,
con sede en Burgos, rechaza el recurso del condenado y mantiene invariable el
fallo anterior dictado por la Audiencia Provincial, que consideró a Cándido
R.H. autor de un delito contra los derechos fundamentales de la persona
(artículo 510.5 del Código Penal) y resuelve imponerle una condena de seis
meses de cárcel y el pago de una multa de 1.080 euros, junto con otra multa de
180 euros por otro delito leve de maltrato, según informaron a Europa Press
fuente del Alto Tribunal castellanoleonés, informa Europa Press.
Dicho tribunal condenó igualmente Santiago F.F.B, cuñado del novio, a
tres meses de prisión por delito de lesiones por el cabezazo que durante la
pelea propinó en el rostro a Samuel G.P, quien acompañaba al primero de los
condenados--ocupó también banquillo pero ha sido absuelto de todos los
cargos--y sufrió la fractura de un diente.
En este caso, la sala aplicó al agresor una pena mínima atendiendo a
las circunstancias en las que se produjo la agresión, concretamente a la
humillación sufrida por la novia a la que trataba de defender.
También fue condenado un camarero de 'La Tasquita', José María G.O, en
este caso a una multa de 180 euros por un delito leve de malos tratos, que el
día de autos golpeó a uno de los miembros de la comitiva nupcial, concretamente
al hermano del novio, Alejandro A.H.
Éste y su hermano, Sergio, y el ya citado Samuel G.P, que también
ocuparon banquillo, quedaron absueltos de todos los cargos.
No se aplica responsabilidad civil alguna a los condenados ya que en
el acto del juicio oral las seis personas acusadas renunciaron a las mismas.
REPROCHE
Con respecto al principal condenado, Cándido R.H, la sentencia de la
Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia de Valladolid, ahora confirmada por
el TSJCyL, consideró probado que "actuó por motivos de intolerancia hacia
la víctima por razón de su raza india y hacia el colectivo de las mujeres de
esas mismas características étnicas o raciales. La conducta no sólo afecta a la
persona destinataria del mensaje sino a todo ese colectivo vulnerable indicado,
creando sentimientos de lesión de la dignidad".
El fallo continúa apuntando que "las expresiones ejecutadas
atacan también las normas básicas de convivencia basadas en el respeto y la
tolerancia, de manera que la sociedad se ve concernida por la expresión de las
ideas que contraían abiertamente los mensajes de tolerancia que el ordenamiento
jurídico, como instrumento de control social, expone a la ciudadanía que los
hace propios".
"Además son actos que revisten una entidad grave conformando un
sentimiento lesivo a la dignidad. Ya hemos señalado, en este sentido,
la reiteración de la conducta ofensiva y humillante, que se efectúa
públicamente de forma ostensible, provocando y generando una situación de
hostilidad y de violencia que derivó en agresiones físicas. Y finalmente, el
ánimo que persigue el autor es denigrar y humillar a la novia y a las mujeres
de su misma raza, pues no se trata de una situación de venganza puntual ni
existía motivo alguno que indicase un
propósito ajeno al indicado", concluye el tribunal.
Durante el juicio, ninguno de los ocupantes del banquillo se
reconocieron como partícipes de lo ocurrido, tanto el novio, Sergio A.H, su
hermano Alejandro y el cuñado de ambos, Santiago A.H, como el resto de
implicados en la refriega, Cándido R.H. y Samuel G.P. y un camarero del bar,
José María G.O.
Así, ante la 'amnesia' generalizada de los seis procesados, sus
abogados respectivos optaron por retirarse como parte acusadora y se limitaron
ha mantener el escrito de defensa respecto de las imputaciones de la fiscal,
única acusación que mantuvo invariable la petición de pena de su escrito.
En el mismo, la acusadora pública había solicitado nueve meses de
cárcel por delito de odio para quienes supuestamente insultaron a la novia,
Samuel G.P. y Cándido R.H, y multa de 480 euros para el primero y de 720 para
el segundo por delitos de lesiones leves y maltrato, respectivamente, amén de
una multa de 840 euros para el camarero José María G.O. por, presuntamente,
ayudar a estos últimos y cometer un delito de lesiones leves y dos de maltrato
leve.
Con respecto al bando de la novia, el actual marido, Sergio A.H. y su
hermano Alejandro fueron acusados de un delito de lesiones leves--les pidió 480
euros de multa--, mientras que el cuñado de ambos, Santiago F.F.B, fue imputado
por delito de lesiones merecedor de tres años de prisión, al entender probado
que durante la pelea propinó a un rival, Samuel G.P, un cabezazo en la cara que
le fracturó un diente.
Durante el juicio, la totalidad de los acusados reconocieron que el
día de autos se encontraban en el Bar 'La Tasquita', en la calle Martí y Monsó,
unos porque acababan de participar en una boda, con un español y una india como
contrayentes, y se habían acercado a tomar unos bocadillos y unas bebidas y el
resto porque ya estaba allí tomándose una copa, con la particularidad de que
ninguno, dos años y medio después, aseguró haberse quedado con la cara de
quienes insultaron y agredieron.
"ME SENTÍ HUMILLADA"
Testigos del bando de la boda, entre ellos la novia, una cuñada y una
sobrina de los dos hermanos acusados, recordaron que al entrar en el bar había
un grupo y uno de ellos empezó a entonar la conocida canción publicitaria de
Coca-Cola "pita...pita...pita...del', a la que se sumó otro acompañante,
para más tarde lanzar insultos del tipo "¡puta india!" o "¡estas
putas panchitas vienen a Valladolid a quedarse con el dinero de los españoles!"
La mujer india aseguró que nunca antes había sufrido una afrenta de
este tipo. "¡No me había pasado en la vida. Me sentí humillada!",
declaró la afectada, quien añadió que su marido pidió explicaciones a quienes
se estaban mofando de ella y entonces se produjo la pelea, en la que ella,
antes de caer al suelo, trató de separar a los contendientes.
Su cuñada, Cristina A.E, incluyó también en la refriega a un camarero
de 'La Tasquita', que salió del bar y la emprendió a golpes con su hermano
Alejandro y una sobrina, sin que en momento alguno tal intervención fuera
únicamente para separar a los contendientes. "¡De eso nada, allí cobró
hasta el apuntador!", añadió la testigo, quien entendía que el camarero
actuó de esa forma porque era amigo de alguno de los que habían insultado a su cuñada.
Varios policías que acudieron al escenario de la pelea, una vez ya
concluida, explicaron que se encontraron en la calle Pasión a dos bandos muy
"alterados" y se limitaron a tomar manifestación y datos de filiación
a quienes, supuestamente, habían participado en ella, momento en el que uno por
uno refirió las agresiones sufridas e identificó al autor de las mismas.
"Al parecer, los de un bando habían proferido insultos racistas
contra la novia del otro bando y se había montado una pelea, prueba de lo cual
algunos tenían los trajes y vestidos rotos", precisó uno de los
funcionarios policiales.
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