sábado, 6 de junio de 2020

Bruselas revisa los derechos de las personas con discapacidad en los vuelos



     Las denuncias presentadas tras el caso de una valenciana a la que no dejaron embarcar su silla de ruedas lleva a la Comisión Europea a revisar el reglamento
    Aún tardará en poder disfrutar de las consecuencias de su lucha, pero Belén Hueso ya ha ganado la primera parte de la batalla contra las aerolíneas que discriminan a las personas con discapacidad. A esta valenciana la dejaron sin unas vacaciones en Sevilla con su hermana aduciendo que la silla de ruedas que utiliza por la enfermedad degenerativa que sufre desde los 10 años no les cabía en la bodega del avión.
    Activista y estudiante de periodismo, hizo público el abuso y su caso llegó a Bruselas. La diputada socialista Inmaculada López Piñero recogió las demandas de la propia Hueso y del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) y preguntó a la Comisión cómo iban a garantizar el derecho fundamental a la libertad de desplazamiento de las personas con discapacidad en el Reglamento que está en revisión desde 2019.
    Además, exponía que se recogiera que las compañías no puedan denegar el embarque a pasajeros con discapacidad, por razones de seguridad, a criterio de las aerolíneas; que no se exija a los pasajeros con discapacidad ir acompañados de otra persona, puesto que lesiona su libertad de desplazamiento por motivos asociados a la discapacidad; y que la indemnización por daños o extravío de los productos de apoyo, como sillas de rueda o andadores, sea por el valor real de estos elementos, y que estos no sean considerados como mero equipaje.
    La respuesta de la Comisión es que dentro de la revisión que se está llevando a cabo, y cuyas conclusiones se esperan que estén listas “en el primer semestre de 2021”, se tendrán en cuenta las peticiones formuladas. La última de ellas, sobre el valor real de sus productos de apoyo, ya había sido tomada en consideración y la Comisión deja claro que permitiría a los pasajeros con movilidad reducida “declarar el valor real de sus equipos a la compañía aérea antes del viaje” y recibir “compensación equivalente” por daños o pérdidas.
    Fuente y más información aquí

    0 comentarios:

    Publicar un comentario